Leonardo Bastida Aguilar
México DF, octubre 07 de 2010.
“El problema de la reproducción asistida no sólo es de legislación sino que implica cambios culturales” señaló Alfonso Ochoa, de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, en el marco del Seminario sobre Reproducción Asistida del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ).
En México, legislar sobre el tema será muy complejo ya que no hay principios fundamentales al respecto por lo que primero se debe determinar a qué principios nos vamos a ceñir y así avanzar en materia jurídica, aseveró Ochoa.
Mónica González, investigadora del IIJ, dijo que es necesario legislar porque tanto la maternidad subrogada como la reproducción asistida ya son reales y se requiere dar protección jurídica al sector más vulnerable que es el de los niños por lo que cualquier legislación debe incluir el respeto al derecho de los infantes ya que no son contemplados como sujetos aun cuando son los principales afectados.
Añadió que la definición de los conceptos de maternidad y paternidad en México provocan problemas de prejuicios que se reflejan en una falta de cultura de la adopción ya que sólo se toma en cuenta como padre y madre a quien aporta el material genético.
En torno al derecho familiar, la investigadora mencionó que es necesario cambiarlo y redefenir los derechos vinculados con la filiación como patria protestad, custodia, alimentos y sucesiones, así como la eugenesia, la discriminación y los impedimentos para contraer matrimonio.
Por su parte, Montserrat Pérez, indicó que se debe plantear la posibilidad de introducir en las leyes un derecho a la reproducción humana para establecer medidas jurídicas administrativas y de salud que permitan a las personas ejercer su derecho a la procreación.
Agregó que frente a la posibilidad de limitar este derecho, sólo se debería contemplar alguna restricción para la prestación de material genético debido a que puede causar que el individuo sea sujeto a responsabilidades que no ha visualizado en caso de una demanda legal.
Sobre esto, la investigadora de la UNAM, acotó que lo anterior ocurre cuando un individuo presta un espermatozoide y al paso del tiempo se le reclama pensión alimenticia debido a que para las leyes mexicanas la filiación biológica es determinante para resolver estos casos.
De esta manera, Ingrid Brena, comentó que se debe redefinir a la maternidad subrogada para nombrarla gestación subrogada, término que indica específicamente que la mujer sólo presto su vientre, y en caso de que haya prestado el vientre y el óvulo, denominarla maternidad subrogada.
La investigadora del IIJ refirió que es urgente conocer el impacto que un proceso de este tipo tiene sobre los implicados con el fin de elaborar una reglamentación de los efectos jurídicos que estas técnicas de reproducción asistida producen en los individuos.
Señaló que en la mayoría de los países estos casos se resuelven mediante contratos privados pero dejan en una gran vulnerabilidad a los “contratantes” del vientre debido a que la madre puede reclamar en cualquier momento al niño.
El magistrado del Tribunal Superior de Justicia del DF, Juan Luis González Alcántara, indicó que en la capital se discute una ley en la materia, lo cual garantizaría el respeto pleno a los derechos reproductivos de la ciudadanía.
González Alcántara apuntó que esta iniciativa de ley se ciñe a garantizar el interés superior del menor por lo que garantiza que el infante tenga la posibilidad de conocer sus orígenes genéticos en caso de demandarlo.
El experto concluyó que restan muchos pendientes en la materia pero se deben contemplar entre otros aspectos la infertilidad masculina, la transferencia entre mujeres y asuntos respecto a la transmisión de genes para que no quede nadie excluido de estas leyes.
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