lunes, 10 de junio de 2013

Discriminan Issste y sistema educativo de Nuevo León a profesora por enfermedad

Discriminan Issste y sistema educativo de Nuevo León a profesora por enfermedad
Le quitaron empleo y servicio médico por un mal no contagioso que no afecta su desempeño
María Alejandra Arroyo
Corresponsal
Periódico La Jornada
Lunes 10 de junio de 2013, p. 32
Monterrey, NL, 9 de junio.
La profesora Alejandra Estefanía Góngora Martínez perdió su empleo por padecer epidermólisis bullosa o ampulosa (EB), enfermedad también conocida como piel de mariposa. No es contagiosa ni limita el desempeño laboral, pero las autoridades del estado simplemente la despidieron.
Tras seis años de laborar en la escuela Belisario Domínguez, en la colonia El Roble, municipio de San Nicolás, no tiene atención del Instituto de Seguridad y de Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Nuevo León (Isssteleon), ni del Hospital de los Maestros de la sección 50 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), pese a que ambos le aplicaron a su salario los descuentos correspondientes.
Góngora percibía un salario mensual promedio de 10 mil pesos. El Isssteleon le descontó cada mes 777.66 pesos, y el sindicato, 374 pesos. Así, en febrero de 2011, cuando recibió su primera quincena, su pago pasó de 5 mil a 3 mil pesos, y en el cheque se especificaba que ahora era maestra a contrato. Había perdido su plaza.
Cuatro meses después la Secretaría de Educación (SE) simplemente le dejó de pagar. No le dieron explicaciones el director de la escuela, el inspector ni algún otros funcionario. El sistema la dio de baja automáticamente por padecer EB, un conjunto de trastornos transmitidos genéticamente que se manifiestan con la aparición de ampollas, úlceras y heridas en la piel.
En marzo de 2006, una vez que recibió su plaza definitiva de maestra, Alejandra se practicó varios exámenes médicos en el Isssteleon. Sin embargo, el 29 de junio de ese año le informaron que su afiliación no procedía porque padecía EB (una ley estatal impide la afiliación por enfermedades preexistentes).
Pidió apoyo al sindicato, que le aconsejó que siguiera laborando aunque no tuviera derecho a servicios médicos.
En enero del 2007 consiguió una carta del médico Julio Salas, presidente en México de Debra, organización que apoya a personas con esta enfermedad. El especialista explicó al director de servicios médicos del Isssteleon que Góngora Martínez estaba siendo tratada exitosamente y su problema de salud no alteraba sus capacidades físicas ni mentales, pues sólo afecta la piel.
La profesora comenzó a peregrinar entre el sindicato y la SE para hacer valer sus derechos laborales. Acudió al gobernador Rodrigo Medina y en noviembre de 2011 su coordinador de audiencias le dio un oficio donde solicitó al titular de recursos humanos de la SE que la atendiera.
El 14 de febrero de 2012 el secretario particular del gobernador envió un oficio al secretario de Educación, José Antonio González Treviño, y le pidió recibirla.
La profesora obtuvo de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) una recomendación dirigida al titular de Educación estatal y al director general del Isssteleon para reincorporarla a su actividad laboral en al menos un grado equivalente al que tenía cuando se le dio de baja.
En la recomendación 379/2011 la CEDH pidió a la SE y a la institución de seguridad social aplicar una política de igualdad y no discriminación del personal educativo del estado y dejar de excluir a trabajadores con enfermedades previas a su incorporación.
Recomendó al Isssteleon proponer a su consejo directivo modificaciones al reglamento de incorporación de trabajadores de nuevo ingreso y de afiliación de padres de servidores públicos incorporados para eliminar la discriminación a los enfermos.
Alejandra Góngora ha exhortado a los diputados locales para que modifiquen la ley del Isssteleon, que afecta a todos los trabajadores del estado.
Aseguradoras y hospitales contratados por el gobierno estatal ponen trabas para dar atención
María Alejandra Arroyo Corresponsal
Foto
La profesora Alejandra Estefanía Góngora Martínez, de San Nicolás, Nuevo León (acompañada por su hija, Galilea Alejandra Carrizales), perdió su empleo por padecer piel de mariposa que no es contagiosa, ni limita el desempeño laboral; fue despedida y no cuenta con servicio médico del Issste ni del Hospital de los Maestros de la sección 50 del SNTEFoto Miguel Ángel Reyna
Monterrey, NL, 9 de junio.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó en el juicio de amparo 322/2006-III que diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Nuevo León (Isssteleón) son inconstitucionales, entre ellas las que imponen más requisitos a los varones que a las mujeres para pensionarse por viudez y les exigen más años de servicio, la privación de la seguridad social a los trabajadores mayores de 50 años y a quienes padecen enfermedades preexistentes.
Durante 15 años, ciudadanos, colegios de abogados y organizaciones sociales y sindicales han combatido estas normas en los tribunales, y existen 19 iniciativas de reforma en el Congreso local, pero los legisladores no las han discutido en el pleno.
Aunque la Ley del Isssteleon, promulgada en 1983, fijó 30 años de servicio como requisito para la jubilación de trabajadores de uno y otro sexo, un convenio firmado en 1987 por el gobierno estatal y la sección 50 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) disminuyó a 28 los años de servicio para las mujeres, a quienes autorizó una pensión equivalente a 85 por ciento de su último salario de cotización neto. En 1993 el convenio fue llevado a la ley en un artículo transitorio.
En el amparo 322/2006-III en favor de María Elena López Núñez, los tribunales colegiados en materia administrativa sentaron la jurisprudencia de que el artículo 6 transitorio de la ley transgrede la garantía de igualdad prevista en los artículos 4 y 123 constitucionales.
El Colegio de Abogados Regiomontanos impugnó el artículo 5 de la Ley del Isssteleón porque impone al cónyuge varón o concubino requisitos adicionales (a los de las mujeres) para obtener la pensión por viudez, entre ellos tener al menos 60 años de edad o estar incapacitado total y permanentemente para trabajar. Además debe comprobar que dependían económicamente de la servidora pública, pensionista o jubilada.
Excluidos, obesos, diabéticos e hipertensos, entre otros
El presidente de la Comisión de Fomento Económico del Congreso local, Jesús Hurtado Rodríguez, apuntó que el problema “se ha venido agravando, porque a partir de que el gobierno estatal tercerizó el servicio, es decir, contrató a aseguradoras como intermediarias para brindar la atención médica, han metido candados para evitar atender a todos los usuarios y así obtener mayores utilidades.
Primero la clínica Oca y ahora el Hospital San José atienden a la población asegurada del estado. Sin embargo, excluyen de los servicios a derechohabientes que padecen hipertensión, obesidad y diabetes, enfermedades que presenta un alto porcentaje de la población, precisó.
En febrero del 2012 el gobierno de Nuevo León adjudicó el último contrato de seguros médicos para los burócratas, con una vigencia hasta el 31 de diciembre del 2015, el cual favorece a Axa Seguros, Comercializadora Médix y Servicios Médicos de Emergencia, que acordaron participar conjuntamente.
Los hospitales incluidos son el Centro Médico Dalinde, en la ciudad de México; los hospitales Christus Muguerza de Alta Especialidad, Conchita y Sur, el CIMA Santa Engracia, el San José y la Clínica Oca, en esta entidad.
El movimiento La Rebelión de los Enfermos documentó en 2011 que el Isssteleón recibe un presupuesto anual cercano a 5 mil millones de pesos para atender a 122 mil 500 personas, por lo que afiliar a las 277 personas rechazadas no impactaría en las finanzas del Instituto, aun cuando ello implique atender a 831 beneficiados por familiares directos

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