jueves, 6 de septiembre de 2012

Ministra: debe el Estado reparar daños a quienes sufran violación a sus garantías


Ministra: debe el Estado reparar daños a quienes sufran violación a sus garantías
Cuando hay voluntad no es difícil restituir los derechos a las víctimas, señala
Jesús Aranda
 
Periódico La Jornada
Jueves 6 de septiembre de 2012, p. 19
La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Olga Sánchez Cordero, sostuvo que la reciente reforma constitucional en materia de derechos humanos establece que el Estado tiene deberes y obligaciones en materia de reparación de daños a las víctimas, porque cuando la autoridad se equivoca y afecta el coto vedado de las garantías individuales está obligado a reparar las violaciones de la manera más adecuada conforme establezca la Constitución y la ley.
Añadió que cuando hay voluntad no es muy difícil restituir los derechos de las víctimas y, prueba de ello, está en las condenas dictadas por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH).
Agregó que una violación de los derechos no sólo daña a las personas que la sufre, sino que afecta irreversiblemente a sus familias, amistades y comunidad.
No debemos perder esa dimensión y tenemos que tenerla presente en el momento de determinar las medidas de reparación, indicó la juzgadora al inaugurar el seminario sobre el Derecho a la reparación por violaciones a los derechos humanos, organizado por la SCJN y la Procuraduría Social de Atención a Víctimas (Províctima.
Sánchez Cordero explicó que la reparación del daño se refiere a un conjunto de medidas orientadas a restituir los derechos y mejorar la situación de las víctimas, así como promover reformas políticas que impidan la repetición de las violaciones.
En su intervención, en el acto que se desarrolló en la sede alterna del máximo tribunal, la ministra hizo un llamado a los presentes para reflexionar y consideraren todo momento el impacto diferenciado que tiene la violación de derechos humanos por cuestión de género, y por tanto, sobre el tipo de reparación que debe otorgarse.
Para ello es fundamental, añadió, la debida aplicación de la perspectiva de género, así como analizar la situación particular de la víctima. Es decir, preguntarse si se trata de, por ejemplo, una persona en situación de vulnerabilidad, por ejemplo, si se trata de una mujer, una indígena, una persona mayor de edad, una persona en situación de pobreza, etcétera.
Destacó en su intervención que la sentencia de la CIDH en el caso Radilla establece que los funcionarios públicos, la forma en que pueden cumplir con la reparación de daños es con la capacitación de quienes desempeñan dichos cargos; la metodología y personas expertas que participarán en el seminario generan gran expectativa para el cumplimiento de estas finalidades de capacitación.
El seminario sobre el Derecho a la reparación por violaciones a derechos humanos se impartirá los días 5,12,19 y 26 de septiembre y 3, 10 y 17 de octubre del año en curso, en la sede alterna del Alto Tribunal Constitucional

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