sábado, 3 de marzo de 2012

Hoy entra en vigor la reforma que pone fin al mercado de los productos milagro

Sanciones a quienes los promuevan, produzcan y distribuyan sin tener registro sanitarioLos cambios jurídicos facultan a la autoridad para incautar los productos cuando la publicidad no reúna los requisitos de ley, suspender la autorización emitida e imponer las sanciones que correspondan">Foto José Carlo GonzálezRoberto GarduñoPeriódico La JornadaSábado 3 de marzo de 2012, p. 38El presidente de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, Antonio Osuna, expuso que a partir de este día, tras publicarse en el Diario Oficial de la Federación, entrará en vigor la reforma a la Ley General de Salud en materia de productos milagro, que significará un freno a los miles de artículos que proliferan en el mercado de la salud y no cuentan con el registro sanitario respectivo.“Se podrá limitar la capacidad de seducción de productos de dudosa calidad que pudieran implicar un riesgo para la salud, y un potencial fraude a los bolsillos de los consumidores, toda vez que en México circulan alrededor de 2 mil productos sin control, entre un mercado de 102 millones de consumidores.“Es un gran paso, porque estamos en la búsqueda de certidumbre, de la seguridad a la que tienen derecho los consumidores mexicanos y, en especial, en el acceso a este bien imprescindible y tan apreciado que es la salud.”El ordenamiento contiene sanciones y multas de hasta 5 por ciento de las ventas anuales del artículo, a aquellas empresas encargadas de la promoción, producción y distribución de los productos milagro que no cuenten con el respectivo registro sanitario.También contiene candados para conceder a la autoridad la herramienta necesaria para allegarse información de la publicidad cuando no sea acorde con los requisitos de la ley, con objeto de proceder de inmediato a incautar el producto, suspender la autorización emitida e iniciar las sanciones correspondientes.De esta manera se sancionará a quienes realizan publicidad que “confunde a la población sobre productos como remedios herbolarios, suplementos alimenticios o productos cosméticos. La información contenida en el mensaje sobre calidad, origen, pureza, conservación, propiedades nutritivas y beneficios de empleo deberá ser comprobable y acotada a las características del insumo, producto, artículo o servicio, sin exaltaciones exageradas ni magnificadas que pongan riesgo la salud

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