El municipio queretano de Arroyo Seco presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una controversia constitucional en contra de la reforma aprobada por la 55 Legislatura del Congreso local, la cual modificó el artículo 2 de la Constitución para proteger la vida desde su concepción.
La acción de inconstitucionalidad fue promovida por el perredista Arnulfo Ruiz Briones, síndico regidor de Arroyo Seco, luego que el 17 de septiembre, en sesión de cabildo, votaron contra el proyecto aprobado por el Congreso local por considerar que atenta contra los derechos reproductivos de las mujeres.
En la argumentación de controversia se cita la violación a disposiciones constitucionales, concretamente a los artículos 4 y 115 al existir una afectación directa al derecho fundamental de los gobernados del municipio sobre su salud reproductiva
. Objeta que existe una violación directa al derecho de libertad de los habitantes de Arroyo Seco pero sobre todo de las mujeres, quienes se ven imposibilitadas de tomar decisiones sobre el número y espaciamiento de sus hijos
.
Anticonceptivos incompatibles
Asimismo, se asegura que la reforma afecta las políticas de salud pública como la promoción de programas sobre planificación familiar y el uso de métodos anticonceptivos como el dispositivo intrauterino y la píldora del día siguiente, regulados por la NOM 046, ya que ambos métodos operan después de la fecundación del óvulo, por lo que son incompatibles con la reforma.
Arroyo Seco es el segundo municipio del país, junto con Uriangato, Guanajuato, que ha presentado un recurso similar.
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