Martes 21 de diciembre de 2010, p. 17
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó al Estado mexicano por la violación de derechos humanos de los campesinos ecologistas Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera, quienes fueron detenidos por militares en 1999, y denunciaron haber sido torturados y condenados bajo cargos de posesión de armas y drogas
por su oposición a la tala ilegal de bosques en Guerrero.
El fallo, que ayer hizo público la CIDH, con sede en San José de Costa Rica, subraya que el Estado es responsable por la violación del derecho a la integridad personal, por los tratos crueles, inhumanos y degradantes inflingidos a los señores Montiel y Cabrera
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La sentencia –que consta de 134 cuartillas– destaca que el Estado mexicano es responsable por la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, al haberse sometido el conocimiento de las alegadas torturas a la jurisdicción penal militar, en perjuicio de los señores Cabrera y Montiel
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De igual forma, la CIDH sostiene que el Estado es responsable por la violación del derecho a la libertad personal
de los campesinos ecologistas, además de que ha incumplido la obligación de investigar los alegados actos de tortura
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Precisa la sentencia que el Estado ha incumplido su obligación ante la Convención Americana de Derechos Humanos al extender la competencia del fuero castrense a delitos que no tienen relación con la disciplina militar o con bienes jurídicos propios del ámbito castrense
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Las resolución ordena al Estado mexicano reformar el Código de Justicia Militar para que las violaciones a los derechos humanos cometidas por militares, todas sin excepción, no nada más las relativas a violación sexual, desaparición forzada o tortura, sean sometidas a las autoridades civiles
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Además, la CIDH ordenó al Estado pagar una indemnización de 20 mil dólares a cada uno de los afectados
y en un plazo razonable, conducir eficazmente la investigación penal de los hechos del presente caso, en particular por los alegados actos de tortura y determinar las eventuales responsabilidades penales, y en su caso, aplicar efectivamente las sanciones
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Los campesinos ecologistas fueron detenidos en 1999, y en 2001 fueron dejados en libertad por el entonces presidente Vicente Fox, quien argumentó que por su condición de salud no pueden seguir purgando su condena
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El Centro por el Derecho y la Justicia Internacional (Cejil) y el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez presentaron el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 25 de octubre de 2001, argumentando que Cabrera y Montiel fueron sometidos a tratos crueles, inhumanos y degradantes mientras se encontraban detenidos y bajo custodio de miembros del Ejército Mexicano, por su falta de presentación sin demora ante un juez u otro funcionario, ya que los militares los detuvieron ilegalmente por cinco días antes de entregarlos a las autoridades correspondientes
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Ayer, Luis Arriaga, director del Centro Pro, y el Cejil, destacaron que la resolución es vinculante e inapelable
. Deben darse desde ahora los pasos necesarios para cumplir las medidas señaladas en la sentencia.
Destacaron, entre otras, investigar en la justicia ordinaria las torturas sufridas por Cabrera y Montiel; indemnizar a las víctimas por los daños sufridos, cubrir los tratamientos médicos y sicológicos; fortalecer el registro de personas detenidas con el fin de evitar abusos y reformar el Código de Justicia Militar
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la reforma al Código de Justicia Militar aplica no sólo para casos de tortura, violación sexual o desaparición forzada de personas, sino a todas las violaciones de derechos humanos
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