México DF, agosto 05 de 2010.
Aún no se define el alcance de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en torno a la constitucionalidad del matrimonio homosexual en la capital del país.
La posición de los ministros se divide entre si se determina que el matrimonio entre personas del mismo sexo sea el reconocimiento de un derecho de las personas homosexuales y por tanto la argumentación se basa en el principio de igualdad y no discriminación con base en los artículos 1 y 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo cual garantizaría que se tuviera que establecer el matrimonio entre personas del mismo sexo en todo el país.
La otra postura que en estos momentos se presenta en la Corte es que cada legislación debe ser autónoma para definir el concepto de matrimonio en su entidad federativa y por tanto se reconoce el artículo 121 constitucional.
Por su parte, el ministro José Ramón Cossío propuso que ante la falta del término matrimonio en la constitución, la discusión se debe basar en analizar el vínculo entre la familia, término incluido en la Constitución, y la figura del matrimonio.
El ministro Sergio Aguirre Anguiano señaló que la figura del matrimonio no se puede modificar porque en esencia es la unión de un hombre y una mujer por lo que existen las figuras de uniones civiles, como se han reconocido en muchos lugares del mundo las uniones entre parejas del mismo sexo y no como matrimonio en los que pocos países se ha aprobado como tal y que sólo tres países permiten la adopción por parte de estas parejas.
El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea llamó a tomar la decisión con base en la pluralidad y la tolerancia.
*En unos momentos más información.
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