Leonardo Bastida Aguilar
Con la finalidad de discutir la posibilidad de presentar una iniciativa de reforma al Código Penal local para despenalizar el aborto en Zacatecas, la diputada local del Partido de la Revolución Democrática, Lucía del Pilar Miranda, convocó el mes pasado al Foro sobre los Derechos de las Mujeres, en el que participaron la diputada federal, Leticia Quezada, y activistas de esa entidad y de la capital del país.
De acuerdo con Miranda, esta iniciativa de ley busca defender el derecho a la mujer a decidir sobre su cuerpo y erradicar el machismo existente en la entidad, el cual, aseguró, provoca que los derechos de las mujeres zacatecanas estén muy por “debajo” del respeto a los derechos fundamentales.
Añadió que mediante esta iniciativa se buscará el respeto al Estado laico, debido a que la jerarquía de la Iglesia católica en la entidad busca tener injerencia en las políticas públicas estatales, además de incitar desde el púlpito a los feligreses a rechazar la aprobación de estas reformas.
La legisladora zacatecana mencionó que la aprobación de esta medida es difícil “por el alto grado de machismo que existe en el estado”, y la falta de apoyo por parte de sus compañeros de bancada, los cuales, señaló, la han cuestionado al respecto indicándole que “Zacatecas no está listo para estos cambios”.
Añadió que incluso, el diputado del Partido Revolucionario Institucional, Felipe Álvarez, ha revivido una iniciativa de ley llamada Ley de Protección de la Maternidad, que estipula que en Zacatecas se protege el derecho a la vida a partir del momento de la concepción y hasta la muerte natural.
La iniciativa propone ayuda económica y psicológica a todas aquellas mujeres con embarazos no previstos y no deseados, además de que en caso de que la madre sea menor de edad, otorga derechos a los padres sobre el embarazo.
En visita a la Catedral de esta ciudad, se constató que al interior del recinto, casi frente al altar colocado en honor al mártir cristero, San Martín Correa, existe un módulo de información, en el que se explica cómo desde el momento de la fecundación se produce vida, y por tanto, asegura se comete un asesinato en caso de atentar contra este producto.
De acuerdo con el artículo 310 del Código Penal del estado, “aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez. Sólo se sancionará el aborto consumado; pero cuando la tentativa produzca lesiones, éstas se perseguirán en todo caso”.
El artículo 311 del mismo código establece que se impondrán de cuatro meses a un año de prisión a la madre que se procure un aborto de manera voluntaria o a la mujer que ayude a otra a realizarse un aborto.
Las únicas causales por las que es permitido el aborto, contempladas en el artículo 312, son que el embarazo sea producto de una violación, o sea culposo, es decir, sin intención alguna.
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