En México existe información insuficiente sobre la violencia que se ejerce en contra de las mujeres, lo que impide un conocimiento profundo del fenómeno y, a su vez, obstaculiza la formulación de políticas públicas, determinó un estudio realizado por el Instituto Nacional de las Mujeres y UNIFEM.
El Mapeo de procesos de atención y construcción de indicadores sobre casos de violencia contra las mujeres señaló que es frecuente que los datos carezcan de la confiabilidad, actualización, periodicidad y desagregación necesarias para caracterizar y medir la magnitud y profundidad del problema
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El documento reconoce la importancia de que México haya firmado convenciones y tratados internacionales en los que se plasma el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, como es la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, pos sus siglas en inglés), signada en 1979.
Sin embargo, la investigación subraya que hay trabajo pendiente en el cumplimiento de las recomendaciones de dichos convenios, como es la inclusión de datos estadísticos sobre la frecuencia de cualquier tipo de violencia contra la mujer.
Un factor que influye en la dificultad de llevar un registro estadístico puntual es la falta de marcos de referencia que coadyuven a la homogeneización de los datos producidos por diversas instancias y permitan su comparabilidad e integración.
En ese sentido, el texto sugiere que las instituciones que atienden a las mujeres víctimas de violencia deberían registrar sus actividades con los mismos sistemas clasificatorios, además de permitir el vínculo entre distintos sistemas de información
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Así se podrían diseñar, aplicar, monitorear y evaluar de manera integral las acciones para prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres con vistas a su erradicación.
La investigación también incluyó una revisión de las legislaciones estatales y determinó que si bien la creación de normatividad homologada con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia resulta imprescindible, no ha resultado suficiente.
“La armonización debe continuar y profundizarse para abarcar también otros ordenamientos legales, especialmente los códigos penales civiles y de procedimientos penales de las entidades federativas.
“Otro problema son las diferencias entre definiciones contenidas en las leyes, así como aquellas de tipo operativo que se utilizan en los registros administrativos y encuestas especializadas.
Los actos violentos contra las mujeres pueden ser considerados como delitos, faltas administrativas o violaciones a los derechos humanos.
Por ello, explica el documento, resulta indispensable
considerar el panorama completo de los actos violentos que pueden sufrir las mujeres y los posibles pasos que éstas siguen para su atención y denuncia, conocidos como ruta crítica. Como aportación para subsanar las deficiencias en la información, el documento cuenta con un anexo detallado de la ruta crítica que pueden seguir las mujeres víctimas de violencia.
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