Miércoles 23 de febrero de 2011, p. 22
La Cámara de Diputados aprobó una reforma al Código Penal Federal para sancionar con mayor dureza el hostigamiento sexual, e incrementar las penas de cárcel a quienes usen sus cargos públicos para asediar a sus subordinados.
La reforma al artículo 259 bis del Código Penal sanciona a quien con motivo de sus relaciones docentes, domésticas o cualquier otra, con amenaza de despido o causar un daño relacionado con la actividad laboral o académica que los vincule, se les impondrá una sanción de seis meses a dos años de prisión.
Hasta ahora, la pena por acoso sexual era de 40 días de prisión. Con la modificación, la Cámara definió que el castigo para quien utilice su cargo jerárquico laboral será de entre ocho meses y tres años de prisión.
El diputado Humberto Benítez Treviño (Partido Revolucionario Institucional) refirió, además, que la pena se agravará en una mitad cuando la víctima del delito sea menor de edad o no tenga la capacidad para comprender el significado del abuso.
Sin embargo, la reforma acota que el delito sólo se perseguirá a denuncia de las mujeres u hombres acosados.
Por su parte, el diputado Jaime Cárdenas Gracia (Partido del Trabajo) cuestionó que la redacción del artículo 258 bis podría tener una laguna, al considerarse que se sancionará el acoso sexual cuando exista la amenaza de causar un mal.
Es decir, no se tipificará el delito si no se da este segundo elemento, cuando en sí mismo el hecho de asediar a una persona con fines lascivos, como propone el artículo, constituye, desde mi punto de vista, una conducta reprobable
, expuso.
Benítez Treviño refirió que el artículo vigente sólo se aplica si se comete un daño y el avance del dictamen es que basta con la amenaza para causar un daño para que se esté incurriendo en esta figura delictiva
.
La diputada Dolores Nazares Jerónimo (Partido de la Revolución Democrática) detalló que si bien los hombres también pueden ser víctimas de este delito, en contra de mujeres se comete con mayor frecuencia. Es el acoso sexual una forma de violencia contra de las mujeres y en el que existe un ejercicio abusivo de poder, que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos simultáneos
, expuso.
Resaltó que este abuso no puede quedar impune, y que al definirse el tipo penal se superará el temor de las víctimas a presentar una denuncia. Hasta ahora, dijo, no se hace por temor a perder el empleo, a represalias del superior jerárquico y por la dificultad para acreditar los abusos y lo reducido de la pena.
Durante la sesión de ayer, la Cámara de Diputados aprobó un punto de acuerdo para solicitar al gobierno federal se exente del pago por el consumo de energía eléctrica en las escuelas públicas en estados donde la temperatura supere los 30 grados centígrados.
Inicialmente el diputado Óscar Román Rosas (PRI) planteó que la Secretaría de Hacienda debía fijar una tarifa reducida para los planteles, debido a que el costo por aula para mantener un sistema de aire acondicionado es de 600 a 900 pesos mensuales.
Sin embargo, el diputado Roberto Pérez de Alva (Nueva Alianza) propuso modificar el sentido de la solicitud, para exigir la exención del pago por el consumo y el ahorro se utilice en el equipamiento y mejora de los planteles. Las escuelas no sólo deben quedar exentas del consumo de electricidad, sino también del pago de agua potable, del predial y de cualquier otro gravamen de esta naturaleza
, dijo.
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