martes, 10 de agosto de 2010

Encamina la SCJN su postura a dar validez nacional a bodas gays

Siete de 11 ministros votaron a favor de que enlaces en el DF sean reconocidos en todo el país

Encamina la SCJN su postura a dar validez nacional a bodas gays

Para Ortiz Mayagoitia y Aguirre Anguiano, dicho acto rompe con la armonia del sistema federal

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El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, durante la sesión de ayer, en la que se avanzó en el caso de los matrimonios entre personas del mismo sexoFoto María Luisa Severiano
Jesús Aranda
Periódico La Jornada
Martes 10 de agosto de 2010, p. 36

La mayoría del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), siete de 11, perfiló ayer su voto en favor de que las bodas gays celebradas en el Distrito Federal tengan validez en las otras 31 entidades de la República. Sin embargo, el ministro presidente Guillermo I. Ortiz Mayagoita –quien junto con Sergio Aguirre Anguiano apoya la postura de la Procuraduría General de la República (PGR) respecto a que los matrimonios entre personas del mismo sexo rompen la armonía del pacto federal–, planteó que la Constitución no obliga a los poderes federales a reconocer dichos enlaces celebrados en la capital del país.

La mayoría argumentó que la validez de los matrimonios (gays) que han sido declarados constitucionales en el Distrito Federal tiene que ser aceptada por los otros estados, como dijo Arturo Zaldívar.

Ortiz Mayagoitia tomó la palabra antes de dar por terminada la sesión y cuestionó: ¿Y qué pasa con otras leyes federales que establecen beneficios para el cónyuge en materia hacendaria, en materia de pensiones, militares, ISSSTE? Yo no le veo obligación constitucional a la Federación de dar reconocimiento a los actos del estado civil que celebren los estados. No la expresa el artículo 121 constitucional, al contrario: el 121 da preminencia al Congreso de la Unión, para que sea él quien defina los lineamientos generales para el reconocimiento de estos actos, sus procedimientos y sus efectos.

Y en apoyo a la demanda del procurador general de la República, el cual presentó la acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas al Código Civil capitalino, Ortiz aseguró que dicha modificación legal es inconstitucional porque rompe con la armonía del sistema federal.

Al continuar la discusión, el ministro instructor Sergio Valls recordó que la legislación impugnada es constitucional, porque el artículo 121, fracción cuarta, de la Carta Magna señala que los actos del estado civil que se encuentran ajustados a las leyes de una entidad federativa tendrán validez en las demás entidades federativas, lo que implica que todo acto, sea el nacimiento, el reconocimiento de hijos, la adopción, el matrimonio, el divorcio o la defunción, que se registren cumpliendo con las formalidades de la ley local, será válido en las otras entidades.

Ejemplificó: ¿Qué pasaría si en una entidad se estableciera que pueden adoptar tanto matrimonios como personas solteras, y en otra, sólo pueden adoptar matrimonios? Entonces, ¿no podría reconocerse en esta última a los hijos adoptivos de un hombre o una mujer solteros?

Aguirre Anguiano respondió que cuando una entidad legisla en materia civil debe observar los estándares que dan armonía a un sistema federal y que al permitirse en el Distrito Federal el matrimonio entre personas del mismo sexo resulta que la capital del país impone a las otras entidades que reconozcan un matrimonio contrario a sus constituciones locales.

¿Será factible que una legislación de una entidad federativa aislada, como es el Distrito Federal, sea la locomotora que jale a todas las demás imponiéndoles su legislación interna?, inquirió.

Sintetizando la postura a favor de la constitucionalidad esgrimida por Juan N, Silva Meza, Arturo Zaldívar, José Ramón Cossío, Luis María Aguilar y Fernando Franco, en apoyo del proyecto de Valls, Olga Sánchez Cordero aseveró que no es dable considerar que el matrimonio entre personas del mismo sexo que se lleve a cabo en el Distrito Federal genere una intromisión indirecta con las demás legislaciones que no tienen prevista tal modalidad, ni es inconstitucional, ni genera un caos jurídico con las legislaciones federales y las estatales. Ello, porque ese tipo de matrimonio es apegado a la legislación capitalina, que es constitucional, subrayó.

Una vez que superen este tema, los ministros entrarán de lleno a discutir sobre la constitucionalidad de que los matrimonios gays puedan adoptar en el Distrito Federal.

Desacuerdo en Yucatán

En tanto, la comunidad evangélica de Yucatán consideró abominable ante los ojos de Dios la legalización de los matrimonios entre personas del mismo sexo. Víctor Abuxapqui, dirigente de la congregación religiosa, dijo que está en desacuerdo en que en esa entidad se analice la posibilidad de que se aprueben las uniones entre homosexuales

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