Inhibe acciones de prevención y diagnóstico: funcionario de la CNDH
Domingo 29 de noviembre de 2009, p. 35
Tuxtla Gutiérrez, Chis. 28 de noviembre. Penalizar la transmisión del VIH no tiene efecto positivo para detener el incremento de la epidemia; por el contrario, inhibe las acciones de prevención y diagnóstico temprano, aseguró Ricardo Hernández, titular del Programa de VIH/sida de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
Durante el segundo día de trabajo del 11 Congreso nacional sobre VIH/sida y otras infecciones de transmisión sexual, el funcionario indicó que, a excepción de Aguascalientes y San Luis Potosí, en el resto de la República está tipificado como delito el peligro de contagio de la infección.
Resaltó el caso de Guerrero, cuyo Código Penal, en el artículo 195 A, se refiere expresamente a la sanción que recibirá quien transmita el sida de manera dolosa. Hernández Forcada señaló que, desde su concepción, el artículo es erróneo porque se transmite el virus (VIH), no el síndrome (Sida).
A la escasa asistencia al congreso organizado por el Centro Nacional para la Prevención y Control del VIH/sida (Censida) se agregó la ausencia de los ponentes que estaban anunciados en el programa. En la sesión plenaria Debate sobre las iniciativas para la penalización de la transmisión del VIH estaba prevista la participación de Julián Velásquez Llorente, presidente de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, y de Jesús Alfredo Molina Molina, legislador en Chiapas, con quienes se suponía habría un debate sobre los proyectos que existen en varias entidades para sancionar a quienes transmitan el mal.
No hubo explicación por las ausencias. El moderador, Anuar Luna, representante de las personas que viven con VIH ante el Mecanismo Coordinador de País con el Fondo Mundial de Sida, Tuberculosis y Malaria, dijo: se suponía que los legisladores llegarían, pero no fue así.
Como único orador, Hernández Forcada resaltó que si persiste la intención de tipificar dicha acción, al menos se debe garantizar la inclusión de excluyentes de responsabilidad, entre otras el desconocimiento del presunto responsable sobre su situación de salud y que haya tomado precauciones para evitar el contagio.
De otra manera, indicó, la penalización por la transmisión del virus únicamente contribuirá a inhibir el diagnóstico oportuno de la enfermedad
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