La juez Coutiño celebra audiencia constitucional a las 11 horas
Martes 24 de noviembre de 2009, p. 7
La juez federal Guillermina Coutiño Mata celebrará este martes una audiencia constitucional a partir de la cual resolverá –puede ser este mismo día o en los siguientes– si fue inconstitucional el decreto presidencial del pasado 11 de octubre que extinguió al organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro (LFC).
Hasta el viernes pasado, sólo tres de las nueve autoridades federales señaladas en el juicio de garantías como responsables de haber violentado la Constitución habían entregado sus informes justificados, por lo que existe la posibilidad de que la juez difiera la fecha de la audiencia.
La diligencia está programada a las 11 horas en el juzgado primero de distrito auxiliar ubicado en el Palacio de Justicia de San Lázaro.
A decir de Carlos de Buen, uno de los abogados del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), existen argumentos legales contundentes para que la juez conceda, después de celebrada la audiencia constitucional, el amparo definitivo en el fondo del juicio
a los electricistas contra el decreto de extinción de su fuente de trabajo.
De Buen refirió que la suspensión definitiva en vía de amparo otorgado al SME por la juez Coutiño Mata únicamente impide que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje dé por concluida la relación laboral entre LFC y los trabajadores el SME.
En cambio, aclaró, lo más importante es obtener el amparo de fondo, pues sólo así se podrá definir judicialmente la inconstitucionalidad del decreto emitido por el presidente Felipe Calderón, y al final del juicio, los trabajadores amparados podrán exigir la reinstalación de su centro de labores.
El pasado 6 de noviembre, esa misma juez concedió la suspensión definitiva al SME. Ese mismo día, Carlos de Buen explicó los alcances del fallo de la juzgadora:la juez concedió la suspensión definitiva para dos efectos: que la junta se abstenga de emitir laudos que concreten la liquidación de la empresa y que no pueda aprobar los convenios de liquidación, hasta que se resuelva la demanda de amparo de fondo
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