El secretario de Salud, José Ángel Córdova Villalobos, está convencido de que el ser humano lo es desde el momento de la fecundación, pero reconoce el derecho de la mujer a decidirse por la interrupción del embarazo en “situaciones complejas” como cuando éste es resultado de una violación.
Para dirimir estas discusiones, dijo, lo mejor y lo que él hace, es cumplir lo que marca la ley.
En entrevista sobre la polémica en torno al recurso interpuesto por el gobernador de Jalisco, Emilio González Márquez, contra el gobierno federal por la publicación de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046 sobre violencia familiar, sexual y contra las mujeres, señaló que como funcionario “tengo la obligación de servir a todos los ciudada- nos de manera equitativa y si se llegara a una situación que vaya en contra totalmente de mis convicciones y mi manera de pensar, será el momento de pensar si debo seguir en el cargo”.
González Márquez presentó la controversia constitucional el pasado 15 de junio ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y se suma a lo que organizaciones civiles han definido como la embestida de la derecha para prohibir desde las constituciones de los estados la interrupción del embarazo, aún en los casos que actualmente no son sancionados por los códigos penales.
El responsable de la política sanitaria del país puntualizó que en cumplimiento de lo que marca la Constitución y particularmente la Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia y el Código Penal vigente desde 1932, la Secretaría de Salud (Ssa) publicó la NOM 046.
“Lo único que se hizo fue actualizar lo que planteaba la NOM”, la cual ya acumulaba más de cinco años sin que se revisara como establece la regulación en la materia. En dicha revisión, el tema del aborto por violación no podía dejarse fuera y tenía que ser congruente con la ley.
Resultado de ese proceso se incluyó, además del derecho de la mujer a la interrupción del embarazo cuando sea producto de una violación, la obligación de las instituciones de proporcionar toda la información respecto al procedimiento clínico, así como garantizar el derecho a la objeción de conciencia del personal de salud.
La NOM, publicada el pasado 16 de abril, establece que los servicios de salud deben contar con médicos y enfermeras capacitados en procedimientos de aborto médico, no objetores de conciencia, pero si fuera el caso de que en el momento de la solicitud de atención no se pudiera proporcionar el servicio de manera oportuna, se deberá transferir de inmediato a la usuaria a una unidad de salud que cuente con este tipo de personal y con infraestructura de atención a la calidad.
Sobre la controversia del gobernador jalisciense, el secretario de Salud señaló que México es un país democrático, donde existen diversas tendencias e ideologías, las cuales son absolutamente respetables, y en los casos de controversia “lo mejor es que exista un dictamen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
Defendió el derecho de González Márquez a discrepar de lo que plantea la NOM: “así pasó con la influenza A/H1N1 y en situaciones que no son muy delicadas, también debemos tener cierta tolerancia y respeto”.
Desde su posición como secretario de Salud, señaló que su actuación se ciñe a lo que le permite la ley. “No puedo ir más allá porque caería en un caso de abuso o de responsabilidad”. Sin embargo, en situaciones tan complejas como dirimir el derecho de la mujer y el del no nacido, el problema es la interpretación correcta de los mandatos jurídicos, indicó.
“Estoy convencido que desde el momento de la fecundación existe un ente diferente que únicamente necesita apoyo para crecer, pero también debemos entender las otras situaciones de los derechos humanos de las mujeres”.
Lo más difícil, agregó, es tener equilibrio para darle a la mujer el poder de decisión, en la cual existen muchas variables que la pueden hacer que se equivoque. La del embarazo por violación es una situación muy compleja. De ahí la importancia de actuar con base en la ley, concluyó.
Para dirimir estas discusiones, dijo, lo mejor y lo que él hace, es cumplir lo que marca la ley.
En entrevista sobre la polémica en torno al recurso interpuesto por el gobernador de Jalisco, Emilio González Márquez, contra el gobierno federal por la publicación de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046 sobre violencia familiar, sexual y contra las mujeres, señaló que como funcionario “tengo la obligación de servir a todos los ciudada- nos de manera equitativa y si se llegara a una situación que vaya en contra totalmente de mis convicciones y mi manera de pensar, será el momento de pensar si debo seguir en el cargo”.
González Márquez presentó la controversia constitucional el pasado 15 de junio ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y se suma a lo que organizaciones civiles han definido como la embestida de la derecha para prohibir desde las constituciones de los estados la interrupción del embarazo, aún en los casos que actualmente no son sancionados por los códigos penales.
El responsable de la política sanitaria del país puntualizó que en cumplimiento de lo que marca la Constitución y particularmente la Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia y el Código Penal vigente desde 1932, la Secretaría de Salud (Ssa) publicó la NOM 046.
“Lo único que se hizo fue actualizar lo que planteaba la NOM”, la cual ya acumulaba más de cinco años sin que se revisara como establece la regulación en la materia. En dicha revisión, el tema del aborto por violación no podía dejarse fuera y tenía que ser congruente con la ley.
Resultado de ese proceso se incluyó, además del derecho de la mujer a la interrupción del embarazo cuando sea producto de una violación, la obligación de las instituciones de proporcionar toda la información respecto al procedimiento clínico, así como garantizar el derecho a la objeción de conciencia del personal de salud.
La NOM, publicada el pasado 16 de abril, establece que los servicios de salud deben contar con médicos y enfermeras capacitados en procedimientos de aborto médico, no objetores de conciencia, pero si fuera el caso de que en el momento de la solicitud de atención no se pudiera proporcionar el servicio de manera oportuna, se deberá transferir de inmediato a la usuaria a una unidad de salud que cuente con este tipo de personal y con infraestructura de atención a la calidad.
Sobre la controversia del gobernador jalisciense, el secretario de Salud señaló que México es un país democrático, donde existen diversas tendencias e ideologías, las cuales son absolutamente respetables, y en los casos de controversia “lo mejor es que exista un dictamen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
Defendió el derecho de González Márquez a discrepar de lo que plantea la NOM: “así pasó con la influenza A/H1N1 y en situaciones que no son muy delicadas, también debemos tener cierta tolerancia y respeto”.
Desde su posición como secretario de Salud, señaló que su actuación se ciñe a lo que le permite la ley. “No puedo ir más allá porque caería en un caso de abuso o de responsabilidad”. Sin embargo, en situaciones tan complejas como dirimir el derecho de la mujer y el del no nacido, el problema es la interpretación correcta de los mandatos jurídicos, indicó.
“Estoy convencido que desde el momento de la fecundación existe un ente diferente que únicamente necesita apoyo para crecer, pero también debemos entender las otras situaciones de los derechos humanos de las mujeres”.
Lo más difícil, agregó, es tener equilibrio para darle a la mujer el poder de decisión, en la cual existen muchas variables que la pueden hacer que se equivoque. La del embarazo por violación es una situación muy compleja. De ahí la importancia de actuar con base en la ley, concluyó.
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