miércoles, 19 de enero de 2011

Corrientes políticas progresistas salvarán al país de rezago social: masones mexicanos

  • “No estamos en contra de la religión, si de los fanatismos”, aseguran
  • Conmemoran el Día de la Masonería Mexicana
  • Guillermo Montalvo Fuentes
    Foto: Guillermo Montalvo Fuentes
    México DF, enero 17 de 2011. Con motivo del Día de la Masonería Mexicana, integrantes de la Muy Respetable Gran Logia Nacional Mexicana Independencia No. 2 y de la Gran Logia Valle de México, ofrecieron una conferencia de prensa en la que advirtieron, las corrientes políticas progresistas son las que salvarán al país del rezago social en el que se encuentra.

    De acuerdo con Julio César Medina, miembro de la Gran Logia Nacional Mexicana Independencia No. 2, con este llamado quisieron manifestar su rechazo hacia las ideas que representa el Partido Revolucionario Institucional (PRI), sobre todo con miras a las elecciones presidenciales del 2012, pues aseguró, “ya no queremos más de la misma derecha que tiene hundido al país”.

    “Coincidimos con las corrientes políticas progresistas, sin embargo, el país se ha deteriorado de tal manera que requiere la participación de nuestra institución para tratar de salvarlo, con medidas como no permitir que regrese la derecha al poder”.

    En el discurso que miembros de ambas instituciones ofrecieron el sábado pasado, en un restaurante al centro de esta ciudad, rescataron que la masonería no es secta, religión ni partido político, y por lo mismo, cuando se dirige a la población lo hace para invitarle a que actué, pero con libertad de conciencia.

    En este sentido, Raúl Mejía, de la Gran Logia Valle de México señaló que no se trata de decirle a la gente por quién debe votar, pero sí mostrarle “quién nos está haciendo daño”.

    Por otro lado, y al respecto de la intervención de algunos jerarcas católicos en asuntos del país, aseguraron no estar en contra de la Iglesia, pero sí de los fanatismos

    “No tardará mucho el tiempo en que tengamos a curas como diputados y senadores, porque en fechas recientes se han empeñado en intervenir en la vida nacional, lo cual no debemos permitir”.

    Anunciaron la realización de un acto programado para el próximo 5 de febrero en el Hemiciclo a Juárez, cerca del Zócalo capitalino, en el que harán un pronunciamiento en defensa de la Constitución de 1917, la cual consideran, “ha sido vapuleada constantemente por el gobierno de derecha”.

    A la conferencia también asistieron Saba Espíritu y Andrés Menéndez, integrantes de la Gran Logia Valle de México, además de Rafael Tovar, Jabnely Maldonado, Rafael Rivera y Georgina Cabrera, de la Gran Logia Nacional Mexicana Independencia No. 2.

    CARTONES DE LA JORNADA





    martes, 18 de enero de 2011

    En México, los servicios de Salud discriminan a 40.7% de la población

  • La mayoría de los recursos asignados se gasta en áreas administrativas, asegura experta
  • Leonardo Bastida Aguilar
    El Seguro Popular no es la solución para los problemas de Salud de la población
    México DF, enero 14 de 2011.
    “Nuestro sistema de salud tiene muchas divisiones, y está fragmentado por tipo de población, por lo que muchos de los recursos asignados son gastados en áreas administrativas”, explicó a NotieSe, Lucía Montiel Romero, investigadora del Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana.
    Con motivo de la publicación de la investigación “La salud en México: una perspectiva de derechos humanos” publicada en la colección Cuadernos de Derechos Humanos, la autora advirtió que el sistema de salud en México está en crisis, la cual se agrava con la fragmentación en el servicio de atención, la baja inversión y la falta de prevención.
    De acuerdo con la investigadora, el sistema fragmentario de servicios que el gobierno federal maneja con el discurso de cobertura universal, representa una actitud discriminatoria por la forma en que se divide la oferta de servicios, los cuales son para diferentes sectores como trabajadores de empresas, del Estado, del petróleo, militares, o gente sin seguridad social.
    “Una de las características del sistema de salud mexicano es la desigualdad, debido a que hay atención médica enfocada a diferentes sectores, lo cual provoca que la población en situación de vulnerabilidad, también lo esté en materia de acceso a la salud”.
    La también docente añadió que a estos problemas existentes se le suma el Seguro Popular, el cual plantea la posibilidad de una cobertura universal, pero ésta no significa solamente tener a toda la población registrada en un servicio de salud, sino que se debe verificar que las personas accedan plenamente a medicamentos y servicios necesarios.
    Por el contrario, aseguró la experta en derechos humanos, los recursos a las instituciones de salud pública se han reducido, reflejo de esto es que en 2007, para el Estado mexicano el costo en materia de salud representó 5.9 por ciento del Producto Interno Bruto, pero de ese total, 54.8 por ciento de los recursos salió del bolsillo del paciente o de la sociedad y sólo 45.2 por ciento del gobierno federal.
    En torno al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, en específico, los que plantean el acceso universal a medicamentos para personas con VIH, así como la mejora y ampliación de servicios de salud para la mujer, Montiel Romero explicó que en las estadísticas se pueden cumplir, pero en la realidad no se sabe si hay un efectivo cumplimiento del derecho a la salud y cómo se atiende a las personas.
    Aseveró que la división y discriminación existentes en los servicios de salud significa que quien tiene poco dinero no puede acceder a un mejor servicio médico, porque se sabe que cuando un ciudadano acude a solicitar su registro al Seguro Popular, se le exige el pago de cuota de acuerdo con su percepción económica, a pesar de que esta modalidad de seguro médico, no contempla en su plan, un gran número de padecimientos.
    “El Seguro Popular incrementa las cifras de personas que acceden a los servicios de salud, pero se desconoce si se cumplirá con el derecho a la salud de la población”, indicó la autora.
    Agregó que se ha malentendido el derecho a la salud, ya que éste también debe garantizar alimentación, agua limpia y tratada, un buen entorno y el acceso a una mejor calidad de vida.
    Así, Montiel Romero, aseguró que medidas como el Seguro Popular no garantizan que 40.7 por ciento de la población que no tiene acceso a servicios de salud, pueda tenerlo algún día.

    Inauguran primer museo gay en Estados Unidos

    Redacción NotieSe
    Gafas rosadas, silbato y jeans que pertenecieron a Harvey Milk, primer funcionario electo en la ciudad que era abiertamente gay, expuestos en el museo hay de EU. Foto: El espectador.com

    México DF, enero 14 de 2011.
    El Museo de Historia de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (LGBT) abrió ayer sus puertas en la ciudad de San Francisco, lo que lo convirtió en el primero de Estados Unidos en presentar, por escrito y visualmente, una cronología de la lucha y liberación de este colectivo a lo largo de las décadas.
    Ubicado en el barrio de Castro, famoso por su gran comunidad homosexual, el museo exhibirá manuscritos de activistas de la población LGBT, juguetes sexuales y las gafas rosas de Harvey Milk, primer político abiertamente gay de California, electo en la década de los setenta, todo esto a través de dos exposiciones permanentes: “Nuestro extenso pasado gay”, y otra que recoge la colección de la Sociedad Histórica LGBT de San Francisco.
    Paul Boneberg, uno de los responsables del lugar, mencionó que “se hizo todo lo posible para que este museo fuera tan rico, diverso y sorprendente como la comunidad de gays, lesbianas, bisexuales y transexuales”.
    El también director ejecutivo de Sociedad Histórica LGBT, mencionó que el origen de este proyecto fue una exposición de once meses de duración abierta en 2008, en San Francisco, la cual sirvió como prueba para comprobar la viabilidad económica del museo.
    En este sentido, se estima que este primer año se requerirán 250 mil dólares para el mantenimiento del museo, lo cual será posible gracias a las donaciones. El Museo de Historia LGBT y el Museo Gay de Berlín, que abrió sus puertas en 1985, son los únicos en el mundo dedicados a este colectivo.
    Perspectiva mexicana
    Al respecto, Salvador Irys Gómez, director de la Semana Cultural Lésbica Gay, que desde hace algunos años se realiza en el Museo del Chopo de la Universidad Nacional Autónoma de México, dijo a esta agencia que la apertura de este tipo de espacios es una manera de reconocer a la comunidad LGBT como parte de la historia contemporánea.
    En torno a la posibilidad de que México pudiera contar con un museo de estas características, Irys Gómez señaló que no obstante en materia de arte gay nacional, existe “mucha tela de donde cortar”, no existe el apoyo por parte de los gobiernos, pues aún les resulta incómodo que la gente encuentre espacios dónde cuestionar su sexualidad.
    “Estas iniciativas son muy interesantes, pero no dejan de ser expresiones que incomodan a ciertos grupos, además de que impera cierta desorganización por parte de los colectivos LGBT, que no se han puesto de acuerdo, no se han dado a la tarea de rescatar cosas que se puedan exhibir”, concluyó.

    ¿Un modelo de familia?*

    Gabriela Rodríguez
    Foto: Óscar Sánchez
    México DF, enero 14 de 2011.
    No existe en el mundo un solo modelo de familia sino una diversidad de arreglos familiares; el modelo patriarcal o familia tradicional que pregonan los obispos, el de una pareja heterosexual y perpetua donde hay un progenitor proveedor y una esposa dedicada exclusivamente a las actividades domésticas, no es predominante, ni siquiera entre familias cristianas.
    Así lo constata el libro Familias del siglo XXI: realidades diversas y políticas públicas, que será presentado el próximo 20 de enero a las 18 horas en El Colegio de México, texto que resume los trabajos de investigadores y activistas que participaron en el seminario del mismo título, realizado hace dos años y coordinado por Susana Lerner y Lucía Melgar (UNAM y El Colegio de México, 2010).
    Entre las diversidades documentadas hay que saber que en México los hogares nucleares (formados por una pareja con o sin hijos, o por un jefe del hogar que vive con sus hijos solteros) son la mayoría (dos tercios del total); le siguen los hogares extensos (donde conviven además del núcleo central otros parientes ascendientes, descendientes o colaterales), sobre todo en los sectores con menores recursos, y se advierte el aumento de los hogares unipersonales y de los hogares encabezados por mujeres. La idea de matrimonio para siempre también se ha desgastado.
    Actualmente han aumentado las uniones consensuales, hay una preferencia de las parejas por convivir consensualmente antes de formar una unión legal o en lugar de ella, y se observa una tendencia ascendente de disolución conyugal en los primeros 10 años. La organización del trabajo en el marco de la globalización y la crisis económica es una barrera para la equidad de género, los ejecutivos y los obreros están sujetos a tensiones entre las demandas de las empresas y las de sus parejas e hijos, lo cual imposibilita el desarrollo de paternidades más presentes.
    La violencia en el interior de las familias se vincula con el fenómeno expansivo que cubre hoy gran parte del territorio mexicano y con el deficiente sistema de justicia, así como con las relaciones de poder y de autoridad jerarquizada. Persiste la estigmatización de parejas homosexuales, de lesbianas y bisexuales e incluso la discriminación por orientación sexual al interior de la familia.
    La ciudad de México es el territorio donde hay mayor reconocimiento a los cambios recientes: la ley que permite la interrupción legal del embarazo por decisión de la mujer hasta la décimo segunda semana de gestación; la eliminación de las causales de divorcio para dejar de ser instancia de conflicto en el proceso; y la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo.
    Negar la diversidad es un rasgo de autoritarismo que no solamente promueven los líderes eclesiales sino algunos gobernadores panistas, como el de Baja California, quien al distribuir en las escuelas secundarias el libro Soy libre y responsable promueve un tratado de la moral cristiana que nunca menciona el uso del condón, que afirma que los anticonceptivos provocan cáncer y que las relaciones sexuales son las que ocurren dentro del matrimonio y con una persona del otro sexo.
    El fundamentalismo en las elites políticas es creciente, violenta la educación laica y promueve una interpretación más que literal del texto bíblico, además ignoran que ni Jesús creció en ese modelo ideal de familia.
    El árbol genealógico de Cristo tiene un eslabón final dudoso, David hizo que se le atribuyera el Mesías dentro de su descendencia. Según la teóloga Uta Ranke-Haineman las versiones de Mateo y Lucas atestiguan una religión machista: son los varones los que forman la línea genealógica (No y amén, Editorial Trotta, Madrid 1998). Ambos presentan el nacimiento de Jesús como nacimiento virginal y, sin embargo, al final de la serie no está la madre, sino el padre José, descendiente del rey David, quien garantiza la descendencia noble.
    Un padre falso, un padre adoptivo, un padre nutricio, un padre putativo… todo ello es mejor y más importante que una madre auténtica. La genealogía de ella no juega el menor papel. En el árbol genealógico sólo se menciona a cuatro mujeres, una de las cuales es Betsabé, la esposa de Urías, quien cometió adulterio con David. Cuando David la vio bañándose desde la azotea del palacio real preguntó quién era y supo que era la esposa de Urías el hitita, entonces envió gente que se la trajese y se acostó con ella. Luego escribió al comandante Joab: Poned a Urías frente a lo más reñido de la batalla y retiraos de detrás de él para que sea herido y muera. Así pereció Urías. Pasado el luto, David envió por la viuda y la hizo su mujer.
    La idea de Jesús como descendiente de David no resulta tan especialmente esplendorosa y su arreglo familiar es distante del modelo que pregonan los obispos. Jesús nace y crece en una familia constituida por José, María y el Espíritu Santo: un padre putativo que le dio el linaje noble, una madre virgen que quedó encinta por obra del Espíritu Santo, y este último, su primer padre y progenitor.
    *Publicado en el periódico La Jornada el viernes 14 de enero de 2010 y reproducido por NotieSe con la autorización de Gabriela Rodríguez.

    Transexual argentina logra reconocimiento de derechos

    Redacción NotieSe
    México DF, enero 14 de 2011. “La justicia avanza en el reconocimiento de los derechos de travestis y transexuales”, señaló Esteban Paulón, presidente de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT), luego de que Guillermo Scheibler, titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario Nº 13, de la ciudad de Buenos Aires, fallara a favor de una mujer transexual que había solicitado la emisión de un nuevo DNI (Documento de Identidad) y una nueva acta de nacimiento, en los que aparecieran el nombre y género que actualmente ostenta.

    En su sentencia, emitida el pasado 29 de diciembre, el magistrado ordenó al Registro Nacional de las Personas la entrega de un nuevo DNI y una nueva acta de nacimiento a la demandante, con el nombre que socialmente usa y el género femenino, sin la necesidad de una operación de reasignación sexual previa, dado que "la identidad sexual de las personas excede ampliamente lo biológico, por lo que no parecería apropiado condicionar una solicitud de cambio de sexo registral a la realización de una intervención quirúrgica, en tanto ésta no hubiera sido solicitada”, señaló el juez.

    De acuerdo con la FALGBT, las personas travestis y transexuales tienen en sus documentos un nombre diferente de aquel por el que son conocidas, y figuran inscritas con una asignación de género –varón o mujer– que se contradice con su identidad. Esa discrepancia entre su vida y los papeles, les complica entrar a cualquier lugar donde pidan documentos, anotarse en una carrera universitaria, votar, salir del país, casarse o abrir una historia clínica en un hospital.

    “Son las NN (Ningún Nombre) de la democracia, indocumentadas y privadas de sus derechos más esenciales”, descató Paulón.

    Como parte de su trabajo a favor de la comunidad trans, la FALGBT ha presentado dos proyectos de ley en el Congreso de la Nación, por un lado, la Ley de Identidad de Género, la cual habilitaría el cambio de nombre y de género en el DNI y la acta de nacimiento, mediante un trámite sencillo y rápido, y por otro, la Ley de Atención Sanitaria Integral para personas Trans, que les permitiría el acceso pleno a la salud tanto en el sistema público como en el privado.

    Al respecto, Esteban Paulón, manifestó que el siguiente paso será convocar a los legisladores de todos los sectores políticos, “a comprometerse para que estas leyes sean sancionadas este año, y dar así, un paso más en el camino hacia la plena vigencia de los derechos humanos sin discriminación por orientación sexual e identidad de género, como lo fue en 2010 la sanción de la ley de matrimonio igualitario".

    Por último, Marcela Romero, secretaria general de esta misma organización, agregó que "las personas trans somos las olvidadas de la democracia”, por lo que hay que comenzar a trabajar en la inclusión del colectivo en el ámbito educativo, el sistema sanitario y el trabajo formal.

    Inmujeres protege intereses electorales de Peña Nieto, acusan activistas

  • Registran 200 feminicidios en Edomex en 2010
  • Piden revisar recursos otorgados a Inmujeres
  • Leonardo Bastida Aguilar
    México DF, enero 13 de 2011.
    “Las titulares estatales de los Institutos de las Mujeres responden a intereses políticos y se han dedicado a cuidar la imagen e intereses electorales de gobernantes como el del estado de México, por lo que han dejado a un lado el objetivo de su institución”, aseguraron defensoras de los derechos humanos de las mujeres.
    María de la Luz Estrada, coordinadora ejecutiva del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) y Ana Yeli Pérez, abogada de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), apuntaron que el pasado 11 de enero 20 titulares de los Institutos Estatales de las Mujeres rechazaron la propuesta de la sociedad civil de emitir una alerta de violencia de género en el estado de México durante la reunión del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
    En conferencia de prensa, la activista mencionó que la sociedad civil decidió proponer este mecanismo, contemplado en la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ante el incremento de más de 100 por ciento de feminicidios en el último año por lo que se solicitaba investigar y tomar medidas inmediatas e integrales para erradicar la violencia feminicida detectada en esa entidad.
    “Por el momento ningún agresor de mujeres está en la cárcel debido a la impunidad que prevalece en el estado de México y a nivel nacional, hecho que permite una normalización de la violencia contra las mujeres que puede derivar en feminicidios”.
    En torno al aumento de feminicidios, Estrada mencionó que en 2005 se registraron 90 casos en la entidad mexiquense, cifra que en 2010 aumentó a 200, y que en los últimos años da un total de 992, cifra que aseguró, ni las autoridades mexiquenses conocen pero se han dedicado a desmentir en la prensa en días recientes.
    La coordinadora del OCNF aseveró que estas deficiencias en la impartición de justicia en el estado de México se reflejan en cifras como las más de 4 mil 773 violaciones contra mujeres registradas en 2010, de las cuales, no se tiene conocimiento alguno de sanción.
    En torno a la situación, la diputada del Partido de la Revolución Democrática, Teresa Incháustegui, comentó que es necesario revisar el funcionamiento de Inmujeres debido a que se le otorgan recursos públicos pero no dan respuesta a los problemas.
    La legisladora añadió que se volverá a citar en la Cámara de Diputados al titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, Alfredo Castillo, para que explique por qué no ha cumplido con los compromisos que aceptó durante su visita en 2010 y cuál ha sido la causa que le ha motivado a disminuir las cifras ante la prensa a pesar de que los casos están documentados.
    Con motivo del rechazo por parte del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres a emitir la alerta de violencia de género en la entidad mexiquense, el OCNF y la CMDPDH, interpondrán un juicio de amparo ante juzgados de distrito con la finalidad de que las autoridades mexiquenses investiguen y esclarezcan 526 casos en los que se desconoce la identidad del asesino y 99 en los que no se ha identificado a la víctima.
    Al respecto, las activistas recalcaron que esta postura refleja la poca importancia que tiene para los organismos encargados de proteger a las mujeres la protección de este sector de la población por lo que se han convertido en culpables de estos crímenes al no plantear soluciones y evadir mecanismos, como la alerta de género, que puede dar una solución al problema. Recordaron, es la tercera vez que el sistema rechaza emitir una alerta de género.
    Por su parte, el gobernador del estado de México, Enrique Peña Nieto aseguró ante los medios de comunicación, después de entregar el Premio Estatal de Ciencia y Tecnología, que en la entidad no se registra la tasa más alta de feminicidios por lo que “no habría lugar a emitir una alerta de género”.
    El mandatario mexiquense añadió que estos números son producto de los altos índices de violencia existentes en el país e indicó que resulta sospechoso la aparición de estas cifras en pleno año electoral por lo que no descartó que detrás de esta iniciativa haya “intereses políticos”.
    ¿Qué es una alerta de género?
    Es un mecanismo que obliga al Gobierno enjuiciado a promover reformas inmediatas en sus leyes para proteger a las mujeres y aclarar los crímenes. De acuerdo con el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio en 2010 se registraron mil 720 feminicidios en 18 estados.

    Violentan derechos laborales de mujeres recepcionistas

  • Disminuyen sus ingresos en 24 por ciento
  • Cimacnoticias-Redacción NotieSe
    México DF, enero 13 de 2011.
    “La eliminación de la categoría de recepcionista de la tabla de salarios mínimos profesionales, además de disminuir los ingresos de miles de mexicanas, transgrede la legislación del país y los acuerdos internacionales que establecen el derecho al trabajo digno y en igualdad de condiciones para mujeres y hombres”, señaló la ex legisladora perredista Rosario Ortiz Magallón.
    Con estas palabras, la también integrante de la Red de Mujeres Sindicalistas (RMS), reprobó el anuncio de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CNSM), en el que “sin explicación alguna, disminuyen el ingreso de miles de mujeres y con ello su calidad de vida”.
    El pasado 18 de diciembre, la CNSM emitió un comunicado de prensa para dar a conocer el aumento de 4.1 por ciento al salario mínimo general (2.35 pesos). Este documento refirió también que “se acordó suprimir para 2011 y en lo sucesivo, el trabajo especial de Recepcionista en general”.
    Con la decisión de representantes patronales, obreros y del gobierno federal, que integran la CNSM, a partir de este año las recepcionistas en lugar de percibir como salario mínimo 77.8 pesos al día, recibirán 59.8.
    La integrante de la RMS refirió que las recepcionistas son registradas como personal ocupado en el sector servicios, donde actualmente trabaja 40.5 por ciento de las 44.5 millones de personas que laboran en el país, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
    Rosario Ortiz señaló que, en un escenario de caída salarial generalizada, frente al alza de productos de la canasta básica, y el aumento de los servicios, disminuir el mínimo salarial de este grupo de trabajadoras es “violencia de Estado porque al tiempo que reduce su ingreso, pone en bandeja de plata mano de obra barata para las empresas, flexibilizando el mercado laboral sin garantizar los derechos de las trabajadoras”.
    De acuerdo con Ortiz Magallón, la eliminación del trabajo especial de recepcionista del salario mínimo profesional es un acto discriminatorio que además de violentar los artículos 1 y 4 constitucionales, transgrede convenios que México está obligado a cumplir como Estado miembro de la Organización Internacional del Trabajo, respecto a la garantía de trabajo digno y la creación de políticas no discriminatorias que promuevan la igualdad de mujeres y hombres en el ámbito laboral.
    La supresión de las recepcionistas, concluyó, “refleja la incapacidad de de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos para establecer un salario remunerador, no sólo para las recepcionistas, para todas y todos los trabajadores del país”.

    Mujer transexual encabeza Ministerio Público en Zona Rosa

  • PGJDF se compromete a respetar derechos humanos de comunidad gay
  • Leonardo Bastida Aguilar
    Gómez Bastida, al centro, con su equipo de trabajo. Foto: Leonardo Bastida A.
    México DF, enero 13 de 2011.
    “En 21 años de servicio, jamás había volteado hacia la comunidad de la diversidad sexual, a pesar de ser parte de ella”, reconoció Javier Gómez Bastida, titular de la Unidad Especializada para la Atención a Usuarios de la Comunidad Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Transgénero, Travesti e Intersexual (LGBTTTI) de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF).
    En charla con NotieSe, el licenciado en derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, recordó que en su experiencia en otras agencias de la PGJDF, el tema de la diversidad sexual no era común, por lo que tras su cambio a la Agencia 5 en la delegación Cuauhtémoc se percató de la situación cuando miembros de esta comunidad eran remitidos al Ministerio Público. Eso lo motivó a sensibilizar a los integrantes de la dependencia.
    Como parte del reto, Gómez Bastida se presentó ante sus subalternos como una mujer transexual en proceso de reasignación sexogenérica. Los invitó a capacitarse y sensibilizarse en el tema con la finalidad de brindar una mejor atención a los usuarios y evitar nuevos actos de discriminación.
    Con mucho interés en promover y defender los derechos humanos, Gómez Bastida reconoció que no había puesto atención en el tema debido a que nunca se ha considerado discriminado. “No he recibido comentarios discriminatorios. Debemos terminar con las etiquetas que prevalecen en nuestra sociedad”.
    Añadió que los altos índices de quejas en las comisiones de derechos humanos de todo el país en contra de los ministerios públicos, por parte del sector de la diversidad sexual, fueron un detonante para plantear una solución de fondo.
    Otro factor determinante, fue que en febrero de 2010, entró en funciones la Agencia Especializada en Investigación del Delito de Homicidio Doloso en Agravio de Mujeres y Personas con Orientación o Preferencia Sexual por Identidad o Expresión de Género, la cual sólo estaría vinculada a los homicidios, pero otro tipo de delitos quedarían sin atenderse.
    De esta manera, Gómez Bastida aseguró que desde abril pasado, cuando fue nombrado titular de la Agencia 5, después de más de 20 años de servicio en los Ministerios Públicos de la delegación Álvaro Obregón, se comenzó a ver esta opción, ante la realidad propia de esta agencia, en la cual, los delitos en los que están involucrados miembros de la comunidad LGBTTTI son una constante, sobre todo el robo.
    Posteriormente hubo un acercamiento con los colectivos de la diversidad sexual para definir los puntos de trabajo, y ante los cambios en el DF en torno al matrimonio universal, Bastida decidió involucrarse con ellos para conocer sus necesidades y recibir sugerencias para mejorar los módulos de atención del Ministerio Público.
    Explicó que este proyecto, cuyas funciones comenzaron el pasado lunes 10 de enero, surgió de la necesidad de brindar a la comunidad LGBTTTI un trato digno y de respeto a sus derechos humanos, en la que no se les etiquete por su orientación sexual, además de responder a los cambios legales en la Ciudad de México y sumarse a la iniciativa de creación de un Centro Comunitario para la comunidad LGBTTTI que brindará servicios en materia de salud, asesoría legal, cultura y turismo, entre otros.
    La unidad brindará atención especializada a las personas que acudan a su módulo en la calle de Génova número 30, en Zona Rosa. Además, cualquier agencia o fiscalía que tenga un caso en el que haya un miembro del colectivo LGBTTTI involucrado, será remitido a esta unidad.
    Así, la unidad empieza sus funciones con el reto de acercar a la comunidad de la diversidad sexual a las autoridades con la garantía del respeto a sus derechos humanos.
    Sobre su elección como titular de la agencia, el funcionario mencionó que es un gran “orgullo” ser parte de un proyecto incluyente que muestra al Gobierno del Distrito Federal “abierto” hacia este tema y comprometido para erradicar la discriminación hacia las personas gay en las dependencias capitalinas.
    Sin embargo, señaló que existe un gran reto social debido a que “muchos integrantes de la sociedad mexicana todavía no están preparados, necesario impulsar medidas en ámbitos como la educación pues no se habla de la diversidad ni se concientiza de su existencia”.

    Ola de violencia atenta contra periodistas mexicanos, revela informe

  • Asesinan a 30 durante el gobierno de Felipe Calderón
  • Cimacnoticias-Redacción NotieSe
    Aspecto de la marcha de periodistas contra la violencia realizada en 2010. Foto: Mario Alberto Reyes
    México DF, enero 13 de 2011.
    Defensoras del derecho a la información y especialistas en libertad de expresión manifestaron su preocupación por las constantes amenazas y agresiones contra periodistas y por las condiciones de violencia que afectan a la prensa mexicana.
    En el documento “El Derecho a la libertad de expresión y el ejercicio periodístico”, editado por la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México (OACNUDH) se concluye que a las y los periodistas mexicanos los matan “casi por cualquier cosa”.
    El texto fue redactado por reporteras como Sanjuana Martínez y Marcela Turati; la especialista Brisa Solís, directora ejecutiva del Centro Nacional de Comunicación Social AC (Cencos), y Darío Ramírez, director de la organización protectora de los derechos de los periodistas Artículo 19, entre otros expertos.
    Los autores coincidieron en que las y los periodistas mexicanos trabajan en condiciones de desprotección e indefensión, lo que limita el ejercicio periodístico.
    De acuerdo con organizaciones civiles, en lo que va del sexenio de Felipe Calderón, 30 periodistas han sido asesinados, 11 en 2010, 65 durante una década y 12 más permanecen desaparecidos. Ningún caso se ha resuelto.
    Para Sanjuana Martínez, los periodistas de provincia padecen la invisibilidad de la guerra entre las autoridades y el crimen organizado. “En este campo de batalla, los estados de Tamaulipas, Nuevo León, Coahuila, Sinaloa y Chihuahua son algunos de los más peligrosos para ejercer el periodismo”.
    La periodista sostuvo que investigar se ha convertido en una tarea compleja porque las fuentes de información, entre ellas la policiaca, se han cerrado. Los funcionarios se excusan en tener un bajo perfil para evitar dar entrevistas y además el acceso a datos duros es imposible, argumentó.
    Advirtió que “preguntar, ver, buscar, cuestionar, puede ponerte en la mira”. Así lo demuestran las recientes amenazas contra la periodista Anabel Hernández, autora del libro “Los señores del Narco”, en el que documenta que el narcotráfico no podría existir sin el apoyo de políticos, banqueros y empresarios.
    En diciembre de 2010, Hernández denunció haber recibido información sobre un plan instrumentado por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública y de la Agencia Federal de Investigaciones para atentar contra su vida, pese a ello afirmó que continuaría con su trabajo de investigación.
    En este contexto, Brisa Solís apuntó que es necesario vislumbrar y analizar el problema de la libertad de expresión mediante el monitoreo y registro de agresiones contra trabajadoras y trabajadores de los medios.
    La especialista señaló que la intención es que las y los periodistas denuncien estos hechos con el objetivo de salvaguardar el derecho a la información y el ejercicio periodístico.

    CARTONES DE LA JORNADA




    lunes, 17 de enero de 2011

    Preocupa a la CDHDF agresiones contra medios de comunicación y periodistas en México

    Redacción NotieSe
    México DF, enero 12 de 2011.
    La Relatoría para la Libertad de Expresión y Atención a Defensoras y Defensores de Derechos Humanos de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) manifestó su preocupación al señalar que en los primeros 11 días de 2011 ya se han registrado dos casos de agresiones contra periodistas.
    “En medio de un contexto altamente violento de inicio de año, llaman la atención 2 ataques consecutivos a instalaciones de medios de comunicación. El primero fue en la madrugada del pasado sábado 8 de enero, cuando personas desconocidas lanzaron dos granadas de fragmentación contra las instalaciones de la empresa Televisa en Piedras Negras, Coahuila. Los artefactos no detonaron por lo que no ocasionaron daños”, dijo el organismo mediante un comunicado de prensa.
    De acuerdo con la Procuraduría General de la República (PGR), una llamada al Centro Estatal de Atención de Emergencias dio aviso sobre la presencia de las granadas. Al lugar acudieron elementos del Ejército mexicano, así como de las policías federal y estatal para acordonar la zona y asegurar los explosivos.
    La CDHDF mencionó que este ataque fue el segundo en menos de un año contra instalaciones de Televisa en la entidad, toda vez que el 25 de enero de 2010, desconocidos abrieron fuego contra la fachada de la repetidora de Televisa en la ciudad de Torreón, Coahuila. Sin embargo, esta misma televisora fue blanco de otras dos agresiones similares en otras ciudades del norte del país a lo largo del año pasado.
    “La segunda agresión ocurrió la madrugada de hoy martes 11 de enero en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, donde durante los meses recientes la violencia se ha incrementado de manera exponencial. Hombres desconocidos lanzaron una granada en las instalaciones de La Silla, filial del periódico El Norte que opera en la capital neoleonesa. El ataque dañó las instalaciones, sin que hasta el momento se hayan reportado heridos”.
    Los hechos se registraron alrededor de las 01:00 horas, en una noche en que se reportaron varias balaceras en el estado. En menos de una hora, Monterrey se vio sometida por dos bandas de delincuentes que se enfrentaron a balazos en diferentes puntos de la capital de Nuevo León. Las autoridades no han determinado si el ataque fue un hecho colateral o si fue un ataque directo al diario. Sin embargo, vale la pena recordar que esta filial ya había sufrido un ataque similar el pasado mes de septiembre.
    El organismo presidido por Luis González Placencia consideró indispensable que las investigaciones avancen rápidamente para determinar las causas y los responsables de estos ataques “pues la impunidad es el peor cáncer para la democracia mexicana”. Exhortó a las autoridades federales y estatales a evaluar los riesgos que enfrentan los trabajadores de los medios atacados, con el objetivo de brindarles medidas de protección y garantías para el pleno ejercicio de su labor informativa.

    Histórico: Tribunal Constitucional de Chile sentencia que relaciones lésbicas son siempre legales, a diferencia de las gays

    Redacción NotieSe
    México DF, enero 12 de 2011.
    El Tribunal Constitucional rechazó en una divida e histórica votación un requerimiento de inaplicabilidad del artículo 365 del Código Penal, que fija en 18 años la edad de consentimiento sexual para las relaciones entre personas del mismo sexo, mientras que para heterosexuales está fijada en 14. Sin embargo, hubo coincidencia en que sólo son ilegales las relaciones gays y no las lésbicas, aspecto que hasta ahora nunca estuvo claro.
    El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) informa a la opinión pública de “un histórico y agridulce” pronunciamiento del Tribunal Constitucional, donde una mayoría “con argumentos claramente homofóbicos” rechazó esta semana un recurso de inaplicabilidad del artículo 365 del Código Penal, el cual configura como delito las relaciones sexuales consentidas entre un mayor de 18 años y un menor del mismo sexo, con edad superior a los 14 años.
    “El rechazo es claramente homofóbico y así lo manifestó el voto disidente, el cual recibimos con la máxima satisfacción por ser un gran aporte para continuar con la lucha por derogar esta discriminatoria norma. De hecho el texto disidente es el más claro, contundente y comprometido con los derechos humanos de las minorías elaborado por alguna autoridad en Chile”, anunció el Movilh.
    “Más relevante aún es el hecho de que tanto las posturas a favor y contrarias a la inaplicabilidad, coincidieron en que el 365 no es aplicable a mujeres, por lo que la edad de consentimiento sexual para lesbianas es igual a las de los heterosexuales”, sostuvo el presidente del Movilh, Rolando Jiménez.
    “Eso quiere decir que las relaciones de una mujer de 14 años o más con otra de igual o mayor edad en Chile son legales. Este es una excelente e histórica clarificación, que hasta ahora estaba en la ambigüedad, revistiendo una gran trascendencia para las mujeres lesbianas y bisexuales, muchas de las cuales han sido amenazadas con demandas en virtud del artículo 365 del Código Penal”, añadió el activista.
    En la sentencia del pasado 4 de enero rechazaron “de una manera grotescamente discriminatoria” la inaplicabilidad el presidente (s) del TC, Raúl Bertensen, y los ministros Mario Fernández, Marisol Peña, Enrique Navarro, Francisco Fernández e Iván Aróstica, informó el Movimiento de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales (LGBT).
    En tanto, los ministros Hernán Vodanovic, Carlos Carmona y José Antonio Viera Gallo se pronunciaron a favor de la inaplicabilidad con “una argumentación clara y contundente que hace historia en la defensa de los derechos humanos de la diversidad sexual en Chile y que reproducimos en extenso al final de este comunicado”, consideró Jiménez.
    Relaciones lésbicas legales
    El artículo 365 del Código Penal estipula que quien “accediere carnalmente a un menor de dieciocho años de su mismo sexo, sin que medien las circunstancias de los delitos de violación o estupro, será penado con reclusión menor en sus grados mínimo a medio”, norma aprobada en 1999, año desde cuando diversos sectores siempre pensaron, “incluida una parte de nosotros”, que era extensiva a hombres y mujeres, en especial porque muchas lesbianas siguen siendo amenazadas en virtud de la norma.
    Sin embargo, tanto el voto mayoritario, como minoritario señaló en sus argumentaciones que la norma es sólo aplicable a los hombres.
    “En lo que se refiere al verbo rector y a los elementos del tipo constitutivo del delito de sodomía, puede observarse que el primero está definido por las expresiones “el que accediere carnalmente” contenidas en el artículo 365 del Código Penal, debiendo entenderse que se trata del acceso carnal de un varón a otro varón”, sostuvo el voto mayoritario.
    En tanto el voto disidente precisó que el ·”artículo 365 del Código Penal genera una situación más perjudicial para los varones que tienen un cierto tipo de relaciones sexuales consentidas con personas mayores de 14 años y menores de 18, del mismo sexo. Idéntica conducta -acceso carnal consentido- entre personas de distinto sexo no es punible; tampoco lo es si el menor es el sujeto activo; ni si la relación es entre mujeres o entre menores”.
    El pronunciamiento tuvo lugar luego de que el pasado 13 de abril el Defensor Penal Público, Pablo Ardouin, presentara un recurso de inaplicabiidad por inconstitucionalidad en defensa de un hombre que el 2005 y a sus 33 años tuvo relaciones sexuales consentidas con un adolescente de 14.
    Al respecto, el voto disidente fue claro en señalar que el artículo 365 es inconstitucional, pues al margen de la diferencia de edad, el mayor no estaría siendo sancionado si fuese heterosexual, con lo que se contravienen los principios constitucionales de igualdad ante la ley, así como las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos del Niño, que ha pedido al Estado de Chile derogar la norma.
    El voto homofóbico
    Para rechazar la inaplicabilidad por inconstitucionalidad el voto mayoritario sostuvo que a la hora de aprobarse la ley en el Congreso Nacional, no hubo homofobia pues sólo predominó el interés superior del menor de edad. Añadió además que la relación entre un mayor de edad y otro menor del mismo sexo, es perjudicial para este último.
    “El legislador, en opinión de estos sentenciadores, ha obrado dentro de la órbita de sus potestades constitucionales al referir la protección del menor, en materia de autodeterminación e indemnidad sexual, a las relaciones sodomíticas en que juega un papel pasivo, por entender, razonablemente, que se trata de un tipo de relación lesiva de su dignidad como persona, afincada en la inmadurez de su desarrollo psíquico y sexual”, se indicó.
    “Además, tratándose la sodomía de un delito de mera actividad, cuya antijuridicidad radica en la posición desmedrada en que la conducta realizada deja al menor, discurre justificadamente el legislador al estimar que la penetración que sufre no puede ser un episodio inocuo o baladí para éste, sino que, por el contrario, lo determina o condiciona, de alguna manera relevante, al momento de tener que definir, con plena libertad, su propia identidad sexual”.
    “Lo que está diciendo el voto mayoritario es repudiable, sólo se basa en el prejuicio y carece de todo estudio científico o psicológico, llegando al extremo de decir que una relación sexual consentida provoca daño sólo si son dos hombres los involucrados, pero no dos mujeres o un hombre con una mujer. Esto es impresentable”, dijo Jiménez.
    El voto por la igualdad
    En tanto, el voto disidente sostuvo que el artículo 365 del Código Penal “protege a los menores simplemente de la “homosexualidad” entendida como una manifestación inherentemente lesiva, lo cual deja entrever un desconocimiento de ese fenómeno y un razonamiento homofóbico”.
    Explicó que “la historia legislativa demuestra que se buscó legitimar la norma impugnada sobre la base de argumentos moralizadores y homofóbicos. Basta citar algunos de los fundamentos que se esgrimieron en la Cámara de Diputados”, tras las cual relató diversos pronunciamientos discriminatorios.
    Añadió que “por otra parte, la norma no busca proteger a los menores de abuso ni de coacción por parte de los adultos, pues para ello se contemplan los delitos de violación, estupro y abuso sexual, previstos en los artículos 361, 362, 363, 366, 366 bis, 367, 367 bis, 367 ter y 373 del Código Penal”.
    “Sostener que el artículo 365 pretende proteger a los menores púberes de las actividades sexuales traumáticas, omite considerar que los supuestos de hecho de la norma no incluyen ningún tipo de abuso, engaño, coacción o daño. No hay razones para afirmar que las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo sean per se coercitivas”, añadió.
    Recalcó que “tampoco puede sostenerse que la norma busca proteger la inmunidad sexual de los menores púberes, pues éstos pueden libremente mantener relaciones sexuales consentidas con personas del sexo opuesto desde los 14 años”.
    Más argumentaciones por la no discriminación
    Otras argumentaciones del voto disidente, que se reproducen íntegramente dada su claridad, fuerza y relevancia para los derechos humanos de las minorías sexuales, fueron las siguientes:
    -La Constitución chilena no prejuzga sobre la orientación sexual de los ciudadanos ni sobre las prácticas sexuales que, libremente, éstos estimen conveniente efectuar en su vida privada. La sexualidad constituye el núcleo más íntimo del ser humano. Tener o no relaciones sexuales, con quién, de qué forma, el lugar y las razones, no es algo que interese a terceros, mientras no se vulnere el derecho de nadie ni medien vínculos consanguíneos.
    -No puede esta Magistratura, como ninguna otra del Estado, restringir o lesionar los derechos y libertades asociados a la sexualidad por la vía de afirmar determinados criterios culturales sobre aquello que se considera “aceptable”. Cuando el legislador decide regular estas conductas, debe hacerlo con extremada prudencia y tino para no contradecir los valores que pretende resguardar.
    -Una comunidad no puede volver irrelevantes las convicciones personales de sus integrantes. El pluralismo exigido en una sociedad democrática no tiene que ver únicamente con ideas, partidos políticos o movimientos, sino también con la forma en que las personas ejercen su integridad física y síquica, incluida su sexualidad. Negar la tolerancia frente a orientaciones sexuales minoritarias equivale a negar derechos que son esenciales en una democracia.
    -La protección de los menores, que constituye uno de los fines declarados del precepto según sus autores, es un bien jurídico que debe apreciarse en conjunción con el respeto de sus derechos fundamentales, conforme lo prescribe la Convención sobre Derechos del Niño de Naciones Unidas, a la cual ha adherido Chile. En la actualidad, los menores ya no son considerados como simples objetos de protección sino como personas titulares de derechos que deben ser respetados y promovidos.
    En efecto, en nuestro ordenamiento jurídico, los mayores de 14 y menores de 18 años pueden ser sujetos de responsabilidad penal (artículo 3º, Ley Nº 20.284), pueden contraer matrimonio libremente a partir de los 16 años (artículo 5º, Ley Nº 19.947), pueden ser sujetos de responsabilidad civil extracontractual (artículo 2319 del Código Civil), pueden celebrar actos extramatrimoniales (por ejemplo, el reconocer hijos) y pueden celebrar actos y contratos, sujetos a autorización o ratificación.
    Al menor púber, al igual que las personas adultas, se le reconoce, entre otros derechos, el de autonomía o libertad sexual como emanación de su integridad física y síquica, aunque esté en formación. Por tanto, el legislador penal debe tener en cuenta que no puede buscar la protección de los menores vulnerando o restringiendo severamente sus derechos y libertades.
    Que, en efecto, es deber del Estado, conforme al artículo 3.2 de dicha Convención, asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley.
    Sin embargo, la misma Convención prescribe que tal protección debe procurar no ser discriminatoria u operar como una injerencia arbitraria en la vida privada del menor.
    Conforme a su artículo 2.1, el Estado debe respetar los derechos del menor y asegurar su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales. Asimismo, conforme al artículo 16, el Estado debe asegurar que ningún niño sea objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada.
    El mismo Comité, en su Observación General formulada a Chile, en abril de 2007, al respecto señaló: “Preocupa al Comité que las relaciones homosexuales, inclusive entre personas menores de 18 años de edad, se sigan penalizando, lo que supone una discriminación sobre la base de la preferencia sexual. El Comité recomienda que el Estado Parte intensifique sus esfuerzos para examinar, supervisar y hacer cumplir la legislación que garantice el principio de no discriminación y el pleno cumplimiento del artículo 2 de la Convención, y que adopte una estrategia proactiva e integral para eliminar la discriminación por motivos de género, étnicos, religiosos o por cualquier otro motivo, y contra todos los grupos vulnerables en todo el país.
    -Que, en consecuencia, no es posible justificar la norma en cuestión basándose en la protección del menor, como pretende el voto de mayoría. Por un lado, porque -como ya se ha señalado- los varones menores de edad supuestamente protegidos por la norma, esto es, los mayores de 14 años y menores de 18 años, son sujetos capaces para desenvolverse en diversas áreas de la vida, inclusive el ámbito sexual. Por otro lado, porque la protección de los menores mediante el sometimiento a un proceso penal no es una vía idónea para garantizar su integridad sexual ni psíquica, ni para que desarrollen una sexualidad responsable. Existen numerosos otros medios menos lesivos que el derecho penal para dicho fin. Como es sabido, ser partícipe en un proceso penal, aun sin ser el imputado, puede resultar agresivo y perjudicial a los intereses del menor.
    -El argumento de la protección del menor no puede ser ciego a eventuales infracciones al principio de igualdad y no discriminación, como tampoco a eventuales injerencias indebidas en la esfera íntima de los menores desconociendo su libertad para ir determinando su proyecto de vida;
    -Que, como se observa de las consideraciones precedentes, los derechos de las minorías sexuales que no eran reconocidos hace 40 ó 30 años, cuando se penalizaba la sodomía o se establecían edades diferenciadas de consentimiento válido para relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, hoy tales normas han sido erradicadas y los derechos de las personas con orientación sexual minoritaria son respetados en la gran mayoría de los países.
    En pocas palabras, el reconocimiento de derechos avanza a medida que se consolidan mejores estándares de respeto entre los ciudadanos y evoluciona a la par que la sociedad se abre a nuevas formas de convivencia respetuosa entre sus miembros.
    -Que, por otra parte, tal tratamiento resulta exigido si se considera que las denominadas “minorías sexuales” han sido históricamente objeto de un trato discriminatorio e incluso vejatorio tanto por parte de los individuos como del Estado.
    -En tal contexto, si bien en el presente caso se analiza la afectación de la igualdad respecto del requirente, acotada al asunto concreto que sustenta la gestión pendiente, no puede perderse de vista que el derecho a la igualdad ante la ley no prohíbe sólo la discriminación arbitraria en términos individuales, sino también la creación de grupos segregados forzados a vivir al margen de la sociedad, aislados de la mayoría, siempre en situación de riesgo, y considerados como inferiores.
    -Que, consecuentemente con lo señalado en los considerandos precedentes, no se aprecia una justificación legítima para determinar distintas edades a partir de las cuales se sanciona una misma conducta únicamente en razón del sexo o la orientación sexual de los sujetos intervinientes en un tipo de relación sexual.
    -La penalización de la sodomía, aunque sea en forma residual o muy excepcional, como en la especie, contribuye a la estigmatización de las personas que la practican y a su segregación social. Así, la penalización de la sodomía resulta intolerable y asimilable a la prohibición y penalización de las relaciones entre personas de raza blanca y raza negra existente en los Estados Unidos hasta los años 70’s, en que el móvil de la regulación era precisamente mantener la subordinación de un grupo humano,
    -Que, por lo demás, cabe tener presente que el Estado de Chile, en el Examen Periódico Universal (E.P.U.) efectuado por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en 2009, examinó las recomendaciones formuladas durante un diálogo interactivo con otros Estados y dio su apoyo a varias recomendaciones, entre ellas a la siguiente: “Prohibir por ley la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género y abordarla en los programas y políticas de igualdad”.
    -Que en el presente caso, como se ha señalado, el artículo 365 del Código Penal genera una situación más perjudicial para los varones que tienen un cierto tipo de relaciones sexuales consentidas con personas mayores de 14 años y menores de 18, del mismo sexo. Idéntica conducta -acceso carnal consentido- entre personas de distinto sexo no es punible; tampoco lo es si el menor es el sujeto activo; ni si la relación es entre mujeres o entre menores.
    -El fundamento esgrimido manifiesta un prejuicio rotundo acerca de la condición homosexual, considerándola un riesgo y daño para quien la asume, connotándola negativamente desde el ámbito cultural; o sea, se reputa normal la conducta heterosexual y anormal y peligroso el comportamiento homosexual. Ese es el basamento real de la distinción que recoge la ley penal reprochada, que no puede ser inspiración para ningún órgano del Estado, sujeto al perentorio mandato de los artículos 5º y 6º de la Constitución Política.
    -Que de lo sostenido se deduce que el artículo 365 del Código Penal atenta gravemente contra la igualdad ante la ley, pues idéntica conducta realizada entre un varón y una mujer entre los mismos rangos etáreos, no merece ninguna sanción penal. Así, la norma en cuestión incrimina una conducta exclusivamente en razón del sexo y orientación sexual de quienes la ejecutan. Se prohíbe, sin justificación razonable, a un grupo de personas una conducta que está plenamente permitida para otras;
    -Que, así, aun cuando se pensara que la norma pretende alejar a los menores de la sodomía, pues ésta “al producir el hábito, las partes involucradas tienden a no valorarla como algo malo, produciéndose un problema muy importante de alteración de la conciencia” (Informe Comisión de Constitución, Cámara de Diputados, pp. 14 y 15, Boletín Nº 1048-07), debe tenerse en cuenta que al pretender proteger a los menores no se puede vulnerar su libertad. Al actuar así el legislador es tributario de una visión homofóbica que no es conciliable con una sociedad integradora, respetuosa de los derechos humanos, donde los sujetos se relacionan en plano de igualdad y respeto.
    -Que, en consecuencia, el artículo 365 del Código Penal, al sancionar ciertas conductas homosexuales libremente consentidas entre personas mayores de 14 años, atenta contra la libertad que tienen para definir su proyecto de vida y alcanzar el mayor desarrollo personal posible;
    -Que, en este contexto, la intervención estatal se legitima únicamente cuando busca proteger la libertad de quienes interactúan, para evitar fuerza, coacción, engaño u otro abuso, sin que medien relaciones de parentesco. En el presente caso, en cambio, no concurren esas hipótesis.
    -Que la existencia del delito que se analiza implica una intromisión ilegítima en lo que las personas pueden hacer en materia sexual. El precepto legal cuya aplicación se impugna penetra en la esfera más intima del sujeto – el varón menor adulto – y, sin atender a su libre consentimiento, sanciona sus relaciones homosexuales y lo trata como un objeto de protección y no como una persona, sujeto de derechos.

    Desechan alerta de género para proteger a Peña Nieto, aseguran feministas

  • El gobierno federal minimiza cifra de 922 asesinadas, señalan
  • Cimacnoticias-Redacción NotieSe
    México DF, enero 11 de 2011.
    Para proteger al gobernador del estado de México, Enrique Peña Nieto, y no obstante las altas cifras de asesinatos de mujeres en esa entidad, el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres descartó por segunda ocasión, la posibilidad de declarar la Alerta de Violencia de Género (AVG) en una entidad federativa.
    En su sesión de hoy, el Sistema Nacional calificó como improcedente la solicitud del Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio (OCNF) para investigar la ola de asesinatos dolosos de mujeres en el estado de México.
    El 20 de julio de 2009, el Sistema Nacional rechazó otra solicitud por agravio comparado para Guanajuato, por las reformas que penalizan el aborto en la entidad, pero al igual que esta ocasión, el Sistema descartó la investigación.
    Ana Yeli Pérez Garrido, integrante del OCNF y abogada de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), dijo a Cimacnoticias que este hecho demuestra la falta de voluntad política del Estado mexicano para proteger el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
    Añadió que durante la reunión de hoy el Sistema, presidido por la Secretaría de Gobernación, “los argumentos se politizaron, se habló de que la AVG era un golpe para el gobernador priísta y no fundaron la improcedencia en argumentos de hecho o jurídicos”.
    En cinco años del gobierno de Enrique Peña Nieto (2005-2010) los homicidios dolosos de mujeres sumaron 922, según datos de la propia Procuraduría General de Justicia del estado (PGJEM). “Pero este hecho no les parece suficientemente grave (a los integrantes del Sistema Nacional) como para iniciar una investigación”, acusó Pérez Garrido.
    De acuerdo con la PGJEM, en 2005 se registraron 98 homicidios dolosos de mujeres, en 2006 hubo 138, en 2007 161, para 2008 176, en 2009 ocurrieron 205 y hasta agosto de 2010 se denunciaron 144. Para colmo, de cada 10 asesinatos dolosos de mujeres 9 están en la impunidad.
    En la sesión del Sistema, detalló, cuya Secretaría Ejecutiva es ocupada por el Instituto Nacional de las Mujeres, las y los integrantes “dijeron, incluso, que los tratados internacionales firmados por México, como la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, no son vinculantes para el Estado de México”.
    Además, el Sistema Nacional cuestionó las estadísticas utilizadas por el OCNF en la solicitud de AVG por la violencia feminicida en la entidad, a pesar de que los datos se basan en información proporcionada por la PGJEM.
    La improcedencia de la investigación muestra que “las autoridades mexicanas no tienen ningún compromiso con los derechos de las mujeres”. Y envía el “mensaje incorrecto” a la sociedad: “la violencia de género no existe, por lo que ésta no se atiende, ni previene, dejando a las mexiquenses en la indefensión”, lamentó Ana Yeli Pérez.
    Con ello, el Sistema, integrado por las secretarías de Seguridad Pública, Desarrollo Social, Salud, Educación Pública, entre otras, “minimiza los asesinatos de mujeres por su condición de género, pues en el fondo no se trata de si las cifras coinciden, el problema de fondo es que no debe haber una sola mujer que muera por ser mujer”, declaró por separado a Cimacnoticias la ex legisladora Angélica de la Peña.
    La también integrante de la Red de Investigadoras por la Vida y la Libertad de las Mujeres indicó que tras el cuestionamiento de las autoridades acerca de la precisión de las cifras, está la falta de voluntad política y de compromiso efectivo para cumplir con las leyes que protegen la vida de las mujeres.
    La AVG es un mecanismo derivado de la Ley General de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, la cual entró en vigor el 2 de febrero de 2007 y su reglamento fue publicado el 11 de marzo de 2008.
    Frente a la decisión del Sistema, integrado también por la Procuraduría General de la República, los institutos estatales de las mujeres y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, el OCNF anunció que interpondrá un recurso legal que aún está por definir.
    El OCNF, integrado por más de 40 organizaciones del país, ha hecho tres solicitudes para decretar la AVG: Oaxaca y Chihuahua (por violencia feminicida), y Guanajuato (por agravio comparado).

    Fallece primera mujer transexual latinoamericana

    Redacción NotieSe
    México DF, enero 11 de 2011.
    Producto de una enfermedad cardiovascular falleció en la ciudad de Antofagasta, Chile, Marcia Alejandra Torres, primera mujer transexual en América Latina que se sometió a una cirugía de reasignación de genitales, de acuerdo con los archivos del médico Antonio Salas.
    El escritor Pedro Lemebel indicó a la prensa chilena que Marcia se sometió a una operación de reasignación sexogenérica en marzo de 1973 en el Hospital San Borja Arriarán y tras ello se autodenominó como “el hombre con alma de mujer”.
    En un escrito denominado “Para Marcia exijo las llaves de la ciudad”, Lemebel señaló que ella “estampó su nombre en la moral chilena, con un golpe de noticioso bisturí; así también, el otrora él se hizo ella por voluntad y valeroso desafío a la madre natura, sobre todo cuando tuvo que afrontar la mirada herida de su padre minero y sindicalista, que vio cómo un relámpago convirtió a su niño del Liceo de Hombres en una niña, a su hijo en hija”.
    De acuerdo con el periodista, Pedro Arturo Zlatar, amigo de la también estilista, Alberto Arturo Torres, nombre de pila de Marcia Alejandra, “fue una mujer con inteligencia brillante” a pesar de que no tuvo estudios.
    El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), lamentó el fallecimiento y consideró importante “que se recuerde una parte de nuestra propia historia al aclarar que ella fue la primera mujer transexual de América Latina, por lo que obligadamente queda registrada su vida en nuestra memoria y en la historia de todas las minorías sexuales de Chile”.
    La activista transexual, Paula Dinamarca, y el presidente del Movilh, Rolando Jiménez, puntualizaron que en su próximo informe anual, correspondiente a 2010, se hará una mención especial a la memoria de Marcia con la finalidad de que las comunidades lesbiana, bisexual y transexual conozca de su existencia.

    Ponen en marcha Ministerio Público para colectivo de la diversidad sexual

    Guillermo Montalvo Fuentes
    El equipo del MP está encabezado por Javier Gómez, primero de izquierda a derecha. Foto: Antonio Medina
    México DF, enero 11 de 2011.
    Luego de que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) aprobara el pasado 30 de noviembre la creación de la Unidad Especializada para la Atención a Usuarios de la Comunidad Lésbico, Gay, Transexual, Transgénero, Travesti e Intersexual (MP LGBTTTI), el organismo ya se encuentra en funciones en la calle Génova número 30, en la Zona Rosa.
    Según el acuerdo A/023/2010, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el propósito de esta unidad especializada es garantizar el derecho a la justicia, a través de la atención inmediata y profesional a personas que denuncien discriminación y homofobia por orientación o preferencia sexual, identidad o expresión de género.
    La unidad está adscrita a la Coordinación Territorial CUH-5, dependiente orgánicamente de la Fiscalía Desconcentrada de Investigación en la delegación Cuauhtémoc.
    La unidad especializada está a cargo de Javier Gómez Bastida, persona transgénero titular de la Agencia 5 de la PGJDF.
    A la puesta en marcha de este Ministerio Público especial asistieron Genaro Vázquez, subprocurador de Averiguaciones Previas Desconcentradas de la PGJDF; Juan José García Ochoa, subsecretario del Gobierno del Distrito Federal, y personal encargado de levantar y dar seguimiento a las denuncias.

    Promueven uso correcto del condón en lugares de reunión gays

  • Teatro & Sida AC y Corporativo CabaréTito se unen para prevenir el VIH
  • Guillermo Montalvo Fuentes
    México DF, enero 10 de 2011.

    Con el nombre de “Placer entre iguales”, el pasado fin de semana, Teatro & Sida AC, implementó una campaña en cuatro centros nocturnos de esta ciudad y área metropolitana con la finalidad de promover el uso correcto del condón masculino.

    De acuerdo con Benjamín Delgado, subdirector de Teatro & Sida, el lugar donde mayor encuentro se da entre los hombres gays para tener una relación sexual, es la discoteca, por tal motivo el proyecto no sólo busca recordarles que deben usar condón, sino también explicarles cómo se utiliza.

    “Lo innovador de la campaña está en que nosotros capacitamos y concientizamos al personal del bar para que ellos promovieran el uso correcto del condón entre los clientes, a través de distintas estrategias”.

    Sin embargo, Delgado señaló que a pesar de los intentos por incorporar al sector empresarial a estas actividades, estos aún no dan resultados. Dijo que sólo en CabaréTito encontraron disposición para colaborar en la campaña, por lo que realizaron las estrategias de promoción en los cuatro establecimientos del corporativo: CabaréTito Neón, Fusión y Joy, en el Distrito Federal, además de Dubaih, en Ecatepec, estado de México.

    Sergio Mendoza, gerente operativo de CabaréTito Fusión, mencionó que tanto él como los empleados del lugar recibieron “con mucho interés y participación la campaña”, para la cual se tuvieron que capacitar para encontrar la mejor manera de interactuar con los clientes y dar el mensaje.

    Entre las estrategias que cantineros, personal de mantenimiento, seguridad, guardarropa, cajeros y meseros, realizaron para dar a conocer la información, estuvo el uso de un mandil con lubricantes, dedales, guantes de látex y un dildo, para explicar el uso correcto del condón masculino.

    Por otro lado, en cada uno de los lugares de encuentro se distribuyeron folletos, condones, y se dieron mensajes breves por micrófono sobre prevención de infecciones de transmisión sexual (ITS), además de que constantemente frases como “Diviértete seguro” o “El condón también es divertido” eran dichas a los clientes tanto a su llegada como durante su estancia en el lugar.

    David Rangel, fundador junto con Tito Vasconcelos de Corporativo Cabaré-Tito, destacó la importancia de la campaña pues muchas veces la gente acude a la disco para divertirse, y a pesar de que cargan el preservativo, “entre el alcohol y el desmadre” se les olvida utilizarlo, por lo que es importante ligar el uso del condón a la fiesta.

    “De ninguna manera esta campaña es contraria a nuestras actividades como empresa, porque sabemos que trabajamos en una fiesta permanente, y es necesario informar a nuestros clientes de los riesgos que puede haber en ella, por lo que no sólo hablamos de una infección de VIH, sino también de algún secuestro o un accidente automovilístico”.

    Reconoció que a pesar de la dificultad de las personas para entender que deben cuidarse, cuando buscan divertirse, la manera en que la campaña está diseñada permite brindarles la información sin interrumpir su momento de esparcimiento. “Lo que es un acierto pues sólo con estas acciones podemos hacer frente a la pandemia”.

    No obstante que la campaña solamente se implementó los anteriores viernes y sábado, Teatro & Sida AC espera que Corporativo CabaréTito pueda replicarla los siguientes fines de semana.

    “Placer entre iguales”, además de contar con el apoyo de Corporativo CabaréTito, se realizó con recursos del Programa de Coinversión Social, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Distrito Federal.

    Activistas repudian homofobia de tribunal chileno

    Redacción NotieSe
    México DF, enero 10 de 2011.
    Tras conocer que los jueces de la Segunda Sala del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, Chile, Pablo Miño, Luis Álvarez, y Fabio Jordán, condenaron a Luis Fabián Bórquez Campo como autor del delito de homicidio simple en contra de Manuel Menéndez González, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual de Chile y otras organizaciones rechazaron la sentencia por considerar se trató de un crimen motivado por homofobia.
    Mediante un comunicado de prensa, el colectivo calificó la actitud del tribunal como “homofóbica” ya que el delito a condenar era “homicidio calificado”, y no circunstancial como lo propusieron los abogados del victimario, Ramón Bórquez y Jaime Obando, quienes consideraron que “el delito fue circunstancial debido a que la víctima había tocado el cuerpo del homicida y nunca hubo alevosía”.
    El argumento presentado por los defensores de Bórquez indicó que los hechos se produjeron “por casualidad” debido a que Menéndez González tocó la pierna y genitales del victimario cuando se encontraban al interior del auto de Menéndez en un paraje ubicado a siete kilómetros al sur de Punta Arenas el 7 de febrero de 2010, por lo que respondió a “esta conducta homosexual”.
    Al respecto, el también juez del tribunal, Felipe Aguirre, rechazó la sentencia debido a que “da a entender que una persona homosexual es un desviado, que tira las manos y es capaz de agredir sexualmente a un tercero y que eso habría desencadenado esta situación”.
    Según el expediente, el homicida arrastró y dejó abandonado el cuerpo de su víctima en una zanja, a un costado de la Ruta 9 Sur, para después, en el vehículo de Menéndez dirigirse a Punta Arenas, mismo que incendió en un camino cercano al Club Andino. Luis Fabián Bórquez se encontraba en libertad condicional por el delito de robo con violencia.
    Por su parte, el Movimiento de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales de Chile, refirió que la justicia chilena “no es capaz de paliar el daño causado por un crimen que a todas luces es de odio ni de tener una postura frente a una defensa homofóbica”.
    En torno a la posición del juez Aguirre, el Movimiento de la Diversidad Sexual, calificó su argumentación como “un aporte para condenar y erradicar los crímenes por homofobia en nuestro país, los que suelen quedar impunes o sin clarificar la razón odiosa y discriminatoria que los motivó”.

    Jerarquía católica, crisis moral sin precedentes

    México DF, enero 10 de 2011.
    Como nunca antes, los dardos difamatorios arrojados por los jerarcas católicos contra los defensores del Estado laico se les revierten como certeros bumerang. Las acusaciones de “intolerantes”, “fundamentalistas”, “talibanes laicistas” y “autoritarios” lanzadas por la Arquidiócesis Primada de México contra el gobierno capitalino y los legisladores locales por aprobar “leyes inmorales e injustas” (en referencia a los matrimonios del mismo sexo, la interrupción del embarazo y otras), publicadas en el semanario Desde la Fe, describen más a quienes las profieren que a quienes van dirigidas.
    La intolerancia y el odio exhibidos por obispos, arzobispos y cardenales contra las autoridades ejecutivas y legislativas que promovieron las reformas del matrimonio civil son proverbiales.
    Mientras la sociedad mexicana da muestras de madurez y civilidad al abordar temas de mucha controversia de manera democrática y respetuosa de los procesos institucionales, la jerarquía católica profiere acusaciones sin sustento y exhibe su vulgaridad expresiva a falta de argumentos sólidos.
    La jerarquía católica vive una crisis moral sin precedentes. Salpicada por acusaciones de corrupción, fraude, enriquecimiento inexplicable, abusos sexuales y encubrimiento de pederastas, ha perdido mucha de su credibilidad y autoridad moral. Sobre todo porque se ha mostrado laxa y remisa a la hora de limpiar la propia casa. Quienes delinquen al amparo de la cruz y la sotana se benefician de una doble impunidad: eclesiástica y jurídica, lo que para amplios sectores resulta intolerable.
    *Editorial publicado en el número 174 del Suplemento Letra S del periódico La Jornada el jueves 6 de enero de 2011

    CARTONES DE LA JORNADA